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Listado aprobados fase oposición Conductor Ministerio de Política Territorial

 

El Tribunal Calificador de las 27 plazas de Conductor para el Ministerio de Política Territorial ha acordado publicar lo siguiente:

 

  • Listado de los alumnos que han superado el segundo ejercicio y la fase de oposición.
  • Nota final con la suma de los dos ejercicios.
  • Plazo de presentación de méritos.

 

ACCESO LISTADOS APROBADOS FASE OPOSICIÓN

 

Más del 60% de nuestros alumnos han superado la fase de oposición. ¡¡Enhorabuena!!

 

Plazo presentación de méritos

 

El plazo para presentar los méritos es del 8 de marzo al 8 de abril, ambos inclusive.

 

La documentación podrá ser presentada:

 

  • Telemáticamente en el Registro Electrónico del Ministerio de Política Territorial, dirigida a la Subdirección General de Recursos Humanos de la Administración General del Estado en el Territorio (DIR3: EA0040160)
  • Por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Méritos

 

Os recordamos los méritos que puntuaban para estas 27 plazas de Conducción de Vehículos de transporte por Carretera (E2)

 

  1. Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 30 puntos.

 

Se valorará la experiencia profesional en puestos de trabajo de la misma especialidad profesional que la plaza a la que se opta, en puestos de trabajo en los que se exija la misma titulación o titulaciones específicas asociadas a la especialidad que en la plaza a la que se opta o en puestos de trabajo en los 20 que se acrediten tareas y funciones idénticas a las propias de la especialidad y/o titulación exigida para la plaza a la que se opta, a razón de 0,5 puntos por mes completo a jornada completa. (Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán proporcionalmente)

 

Forma de acreditación:

 

  1. Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la Administración según modelo que figura como Anexo VI de la convocatoria.
  2. Certificado de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social y copia del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha experiencia.
  3. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en los demás casos se sustituirá por el contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada. La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.

 

  1. Méritos Académicos: La puntuación máxima será de 3 puntos.

 

Se valorarán:

 

  1. Posesión de titulación de formación profesional distinta a la exigida y perteneciente a la misma familia profesional. Dentro de la misma familia profesional, se valorarán aquellas titulaciones de distinta especialidad, en el caso de ser de nivel inferior o igual a la exigida en el grupo al que se opta, y todas las titulaciones de nivel superior a la exigida en el grupo al que se opta.

 

La valoración se hará con el siguiente desglose:

  • Titulación de formación profesional de superior nivel a la exigida como requisito de acceso: 1,5 puntos.
  • Titulación de formación profesional de igual nivel a la exigida como requisito de acceso: 1 punto.
  • Titulación de formación profesional de nivel inferior a la exigida como requisito de acceso: 0,5 puntos b.

 

  1. La posesión de la titulación correspondiente a la especialidad del puesto al que se opta: 1,5 puntos

 

  1. Por haber realizado o impartido cursos directamente relacionados con las tareas y funciones propias del puesto de trabajo por el que se opta. Puntuación máxima: 2 puntos.

 

 

La valoración de los cursos a los que se hace referencia en el apartado c) anterior se realizará según el siguiente desglose:

 

  • Cursos recibidos: 0,01 puntos por hora.
  • Cursos impartidos: 0,05 puntos por hora.
  • Cursos recibidos en los que no figure el número de horas: 0,02 puntos por el curso completo.
  • Cursos impartidos en los que no figure el número de horas: 0,1 puntos por el curso completo.

 

Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito igual a 10 horas.

 

Para su valoración deberán haber sido impartidos por o para la Administración o centros legalmente autorizados y reconocidos.

 

Forma de acreditación:

 

Para la valoración de los méritos académicos será necesario aportar copia auténtica de los diplomas o certificados acreditativos de los cursos realizados o impartidos.

 

INFORMACIÓN COMPLETA MÉRITOS

 

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