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Aspirantes que han aprobado la fase de oposición de Parque Móvil del Estado

 

El Tribunal Calificador ha publicado los aspirantes que han superado el segundo ejercicio del proceso selectivo de Conductor de Parque Móvil del Estado, así como la lista de los aspirantes que han superado la fase de oposición. Ahora falta la valoración de méritos.

 

LISTADO ASPIRANTES APROBADOS SEGUNDO EJERCICIO

LISTADO ASPIRANTES APROBADOS FASE OPOSICIÓN (1º Y 2º EXAMEN)

 

CRITERIOS VALORACIÓN MÉRITOS

 1.Méritos profesionales: puntuación máxima 30 puntos.

1.1. La experiencia profesional en el ámbito de las Administraciones Públicas se acreditará mediante certificado de servicios prestados según el modelo que figura en el Anexo VI de las bases de convocatoria.

1.2. Los servicios prestados por cuenta ajena en ámbitos distintos de las Administraciones Públicas se acreditarán mediante certificado de vida laboral y copia de contrato o contratos de trabajo o, en su caso, nóminas, certificados oficiales de empresa o certificados de los Servicios Públicos de Empleo correspondientes.

1.3. La experiencia profesional derivada de trabajos por cuenta propia se justificará mediante contratos de servicio (o en su caso alta licencia fiscal y pago del IVA) y certificado de vida laboral.

En relación con los grupos de cotización para este grupo profesional E2, se considerarán todos los grupos de cotización que figuren en la vida laboral en los que estén dados de alta como personal conductor.

No se valorará por este apartado, la experiencia profesional como profesor de autoescuela o de formación vial, por considerar que las tareas y funciones desarrolladas no son idénticas a la especialidad de la plaza que se opta y pertenecer su titulación o cualificación profesional a una familia profesional distinta, según el R.D. 174/2021 de 23 de marzo.

 

2. Méritos Académicos: puntuación máxima 3 puntos.

 

2.1. Posesión de titulación de Formación Profesional distinta a la exigida:

2.1.1.Titulación de formación profesional de superior nivel a la exigida y perteneciente a la misma familia profesional (Técnico Superior en Automoción; Técnico Superior en Mantenimiento Aeromecánico de Aviones con Motor de Pistón o de Turbina y de Helicópteros con Motor de Pistón o de Turbina; Técnico Superior en Mantenimiento de Sistemas Electrónicos y Aviónicos de Aeronaves; Curso de Especialización en Mantenimiento de Vehículos Híbridos y Eléctricos y Curso de Especialización en Mantenimiento Avanzado de Material Rodante Ferroviario): 1,5 puntos.

2.1.2.Titulación de Formación Profesional de igual nivel a la exigida y distinta especialidad dentro de la misma familia profesional (Técnico de Carrocería, Técnico de Electromecánica de Maquinaria, Técnico de Electromecánica de Vehículos Automóviles, Técnico de Mantenimiento de Embarcaciones de Recreo, Técnico de Mantenimiento de Estructuras de Madera y Mobiliario de Embarcaciones de Recreo, Técnico de Mantenimiento de Material Rodante Ferroviario y Técnico en Montaje de Estructura e Instalación de Sistemas Aeronáuticos): 1 punto.

2.1.3. Titulación de Formación Profesional de inferior nivel a la exigida y distinta especialidad dentro de la misma familia profesional (Título Profesional Básico en Mantenimiento de Embarcaciones Deportivas y de Recreo, Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos): 0,5 puntos.

2.2. Posesión de Titulación de Formación Profesional igual a la exigida:

2.2.1.Titulación correspondiente a la especialidad del puesto al que se opta: (Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera): 1,5 puntos.

2.3. Cursos realizados o impartidos directamente relacionados con las tareas y funciones del puesto de trabajo al que se opta: Puntuación máxima 2 puntos.

2.3.1. Cursos recibidos: 0,01 puntos por hora.

2.3.2. Cursos impartidos: 0,05 puntos por hora.

2.3.3. Cursos recibidos en los que no figure el número de horas: 0,02 puntos por curso completo.

2.3.4. Cursos impartidos en los que no figure el número de horas: 0,1 puntos por curso completo.

 

Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito igual a 10 horas.

 

Para su valoración deberán ser impartidos por o para la Administración o Centros legalmente autorizados y reconocidos.

Sólo se valorarán los cursos, y no se valorarán jornadas, seminarios, congresos, etc.

Los méritos han de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, es decir, el 28 de septiembre de 2021, no valorándose los méritos académicos ni profesionales obtenidos con posterioridad a esta fecha.

Plazo para presentar la documentación acreditativa de los méritos: del 16 de febrero al 15 de marzo, ambos inclusive.

MÁS INFORMACIÓN SOBRE LOS MÉRITOS

 CORRECCIÓN DE ERRORES

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