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Convocatoria 765 plazas Auxiliar Administrativo Comunidad de Madrid

El pasado 26 de junio de 2019, la Comunidad de Madrid abrió el plazo para 334 plazas de Auxiliar Administrativo.

A fecha 16 de abril de 2020, ha procedido a ampliar las plazas hasta un total de 765 para la misma categoría de Auxiliar Administrativo (C2).

El total de las plazas convocadas (765) se desglosa de la siguiente manera:

  • 628 plazas correspondientes al turno libre
  • 137 plazas correspondientes al turno de discapacidad

 CONVOCATORIA AUXILIAR ADMINISTRATIVO COMUNIDAD DE MADRID

REQUISITO DE LOS ASPIRANTES

  • Poseer el título de Graduado en ESO o equivalentes o estar en condiciones de obtenerlo, habiendo terminado la formación exigida para su obtención dentro del plazo de presentación de solicitudes.
  • Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
  • Disponer de la nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial.

* Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

 

PLAZO DE SOLICITUDES

El plazo para echar la instancia es 20 días hábiles. Del 19 de abril hasta el 17 de mayo, ambos inclusive.

ACCESO A SOLICITUD.

INSTRUCCIONES PARA RELLENAR LA SOLICITUD

IMPORTANTE: Si echaste la inscripción en la anterior convocatoria de junio de 2019 y estás en la lista provisional de admitidos, no tienes que volver a echar la solicitud.

Tampoco deberán presentarla, quienes fueran excluidos por una o varias causas susceptibles de subsanación dentro del plazo que se habilitará, en su debido momento, a tal fin.

A través de esta web puedes consultar si apareces:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/auxiliares-administracion-ge-neral-c2-2019

PASOS PARA ECHAR LA SOLICITUD

La solicitud puedes presentarla bien a través de certificado digital o sin él.

Estos son los pasos a seguir:

  • Primero accede a la solicitud.
  • Selecciona la forma de realizarlo, bien con certificado o sin él.
  • Una vez dentro, lo primero a rellenar es el Pago de tasas, excepto si estuvieras exento del mismo. (mirar más abajo las exenciones).
  • Es importante seguir este orden ya que en la solicitud necesitaremos rellenar el nº justificativo del pago de las tasas.
  • En el pago de las tasas, rellenaremos los datos que nos piden con asterisco, nombre, apellidos, DNI, teléfono y correo electrónico y damos a continuar.
  • El pago puedes realizarlo bien con tarjeta, con cargo en cuenta o presencial en cualquiera de las oficinas de BBVA, CAIXABANK (incluye la red de oficinas de Bankia), B. SABADELL y CAJAMAR.

Una vez realizado el pago, procedemos a rellenar la solicitud.

En la solicitud tendremos en cuenta:

  • Rellenar el turno por el optas, si Turno libre o cupo discapacidad.
  • En datos del interesado ponemos nuestros datos personales. Comprobar que están bien escritos.
  • El punto 4 (Datos del representante) solo se rellena si la solicitud la va a presentar otra persona en tu lugar.
  • En el punto 5 medio notificación seleccionar el que queráis.
  • El punto 6 rellenar SI, es importante hacerlo ya que sino aparecerás en excluido.
  • En el punto 7 Tasa, seleccionar el pago total o exención parcial si fuera tu caso. El Código del modelo 030 acreditativo de la tasa abonada viene en el justificante de pago arriba y empieza por 030.
  • Si estás exento deberás seleccionar el motivo en el desplegable.
  • En el punto 8, solo se rellena si solicitas adaptaciones.
  • En documentación que se aporta, hay que marcar en el caso de haber pagado las tasas la casilla primera que pone ejemplar. En el resto de puntos lo que se proceda en cada caso.
  • Por último, rellenar la casilla de la fecha y continuar.

Si decides presentarla de forma presencial debes descargarte la solicitud para presentarla a través de las siguientes vías:

  • En cualquier oficina de Registro de la Comunidad de Madrid autorizada.

OFICINAS DE REGISTRO DE COMUNIDAD DE MADRID

  • En las oficinas de Correos. Deberán dirigirse a la dirección general competente en materia de función pública. Se hará en sobre abierto, con objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el funcionario de dicha entidad antes de su certificación.

IMPORTANTE:  No olvidar FIRMAR la solicitud.

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Además de la solicitud deberá aportarse:

  1. El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma.
  2. Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas.
  3. Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto.

TASAS

El importe de la tasa por derechos de examen es de 14,11 € y podrá realizarse a través de las siguientes vías:

  1. Pago con tarjeta de crédito o de débito, a través de la aplicación informática.
  1. Pago en efectivo. En cualquiera de las oficinas de BBVA, CAIXABANK (incluye la red de oficinas de Bankia), B. SABADELL y CAJAMAR. 
  2. Cargo en cuenta.

Estarán exentos del pago:

A) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Estas personas deberán acompañar a la solicitud la tarjeta o certificado vigente acreditativos del grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

No será necesario acompañar la tarjeta o certificado en caso de que hubiera sido expedida por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, y siempre que el aspirante autorice expresamente la verificación de oficio de la información consignada en la solicitud y esta información esté disponible en la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas.

B) Las personas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses a fecha de publicación de la correspondiente convocatoria. Se deberá adjuntar documentación justificativa expedida por los servicios públicos de empleo.

No será necesario acompañar este informe siempre que el aspirante autorice expresamente la verificación de oficio de la información consignada en la solicitud y esta información esté disponible en la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas.

C) Tendrán derecho a una bonificación del 50% las familias numerosas de categoría general y un 100% las familias numerosas de categoría especial. La condición de familia numerosa se acreditará mediante copia del correspondiente título actualizado. No será necesario acompañar este título siempre que el aspirante autorice expresamente la verificación de oficio de la información consignada en la solicitud, indique en la misma la Comunidad Autónoma en la que se expidió y esta información esté disponible en la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas.

D) Las víctimas de violencia de género. Se deberá adjuntar resolución judicial u orden de protección o cualquiera otra documentación acreditativa de tal condición.

E) Las víctimas del terrorismo, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos. Se deberá adjuntar sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

PROCESO SELECTIVO

 La prueba de Auxiliar Administrativo de Comunidad de Madrid consta de 2 ejercicios.

  1. A) El primer ejercicio es tipo test y consta de 90 preguntas, 45 relativas a los temas exigidos (15 TEMAS) y 45 de carácter psicotécnico y ortográfico. La duración de este ejercicio es de 90 minutos.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

  1. B) El segundo ejercicio es práctico y consta de 2 partes:
  1. Supuesto práctico de carácter ofimático utilizando el programa Microsoft Word 2013. La duración de este ejercicio es de 30 minutos. Se calificará de 0 a 10 puntos
  2. Transcribir un texto en el mismo programa utilizado en el supuesto práctico. Se exigirá a los opositores una velocidad de 280 pulsaciones por minuto. Se calificará de 0 a 10 puntos. La duración de este ejercicio es de 10 minutos.

 

BOLSA DE EMPLEO

Se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Auxiliares, de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid, con aquellos aspirantes del cupo general y del cupo de discapacidad que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

 

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