Convocatoria 45 plazas Oficiales Metro de Madrid
💥 Metro de Madrid ha publicado la convocatoria para los siguientes puestos de trabajo:
- 21 plazas para Oficial/a, con especialidad en Material Rodante y Mecatrónica
- 16 plazas para Oficial/a, con especialización en materia de electricidad.
- 4 plazas para Oficial/a, con especialización en materia de electrónica y comunicaciones
- 4 plazas Oficial/a, con especialización en Obra Civil
Requisitos para las plazas de Oficial/a, con especialidad en Material Rodante y Mecatrónica
- Ser mayor de 18 años.
- Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones de formación profesional (o de su equivalente oficial en títulos de formación profesional anteriores que ya no se imparten):
-
- Técnico/a en Mantenimiento de Material Rodante Ferroviario.
- Técnico/a Superior en Mecatrónica Industrial.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo o de mejora de empleo en cualquiera de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid en el código ocupacional “Mecánicos-ajustadores de motores en vehículos ferroviarios de tracción” 74011092.
- Estar en posesión del permiso de conducción para vehículos automóviles clase “B”
Requisitos para las plazas de Oficial/a, con especialización en materia de electricidad
- Ser mayor de 18 años.
- Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones de formación profesional (o de su equivalente oficial en títulos de formación profesional anteriores que ya no se imparten):
-
- Técnico/a en Mantenimiento Electromecánico.
- Técnico/a en Instalaciones Eléctricas y Automáticas.
- Técnico/a en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones.
- Técnico/a Superior en Centrales Eléctricas.
- Técnico/a Superior en Sistemas Eléctricos y Automatizados.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo o de mejora de empleo en cualquiera de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid en el código ocupacional “Técnicos en electricidad, en general” 31231060.
- Estar en posesión del permiso de conducción para vehículos automóviles clase “B”
Requisitos para las plazas de Oficial/a, con especialización en materia de electrónica y comunicaciones
- Ser mayor de 18 años.
- Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones de formación profesional (o de su equivalente oficial en títulos de formación profesional anteriores que ya no se imparten):
-
- Técnico/a en Instalaciones de telecomunicaciones.
- Técnico/a en Sistemas Microinformáticos y Redes.
- Técnico/a Superior en Mantenimiento Electrónico.
- Técnico/a Superior en Administración de Sistemas Informáticos en red.
- Técnico/a Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo o de mejora de empleo en cualquiera de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid en el código ocupacional “Técnicos en Electrónica de Comunicaciones” 38331042.
- Estar en posesión del permiso de conducción para vehículos automóviles clase “B”
Requisitos para las plazas de Oficial/a, con especialización en Obra Civil
-
- Ser mayor de 18 años.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo o de mejora de empleo en cualquiera de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid en el código ocupacional “Auxiliar de obra” 31221012
- Estar en posesión del permiso de conducción para vehículos automóviles clase “B”
- Titulación académica y/o experiencia laboral
Se establecen dos supuestos de acreditación (primero y segundo) de carácter alternativo e igualmente válidos:
- Primer supuesto:
Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones de formación profesional (o de su equivalente oficial en títulos de formación profesional anteriores que ya no se imparten):
- Técnico en Construcción
- Técnico en Soldadura y Calderería
- Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación
- EOCB0108 Fábrica de albañilería
- EOCB0210 Revestimientos con pastas y morteros en construcción
- EOCB0211 Pavimentos y albañilería de urbanización
- EOCB310 Revestimientos con piezas rígidas por adherencia en construcción
- FMEC0210 Soldadura oxigás y soldadura MIG/MAG
Adicionalmente, se requiere una experiencia acreditada de al menos un año en los últimos cinco años anteriores, contados regresivamente desde la fecha de publicación de las bases del presente proceso, en el desempeño de trabajos en alguno de los siguientes ámbitos:
- Albañilería
- Soldadura
- Cerrajería
- Encofrado
- Solado
- Fontanería
- Carpintería
- Enlucido
- Montaje de ferralla
- Mantenimiento de edificios
- Mantenimiento y montaje de superestructura de vía
- Montaje de estructuras metálicas
- Segundo supuesto:
Estar en posesión del título de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) o enseñanzas equivalentes a efectos profesionales, de conformidad con lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio del Ministerio de Educación y una experiencia acreditada de al menos 5 años en los últimos diez años anteriores, contados regresivamente desde la fecha de publicación de las bases del presente proceso, en el desempeño de trabajos en alguno de los ámbitos indicados en el primer supuesto.
En ambos supuestos, para la acreditación de la experiencia, se requerirá, en todo caso, el Informe de Vida laboral actualizado emitido por la Seguridad Social. Y, además, según corresponda en cada caso:
- Para las personas trabajadoras por cuenta ajena, la copia del contrato/s de trabajo. En defecto del contrato de trabajo, será imprescindible en todo caso una certificación por parte del empresario/a que especifique la categoría profesional de la persona trabajadora, así como una descripción de las funciones realizadas; si bien, en cualquier caso, las personas candidatas que tengan contrato de trabajo, podrán aportar también esta certificación para mejor acreditación de sus funciones.
- Para el supuesto de profesionales y autónomos/as, la licencia fiscal o IAE, en epígrafe acorde con el perfil profesional, competencia u ocupación que se opte.
La consultora externa podrá requerir documentación adicional para verificar los méritos de la experiencia, siempre que lo estime necesario para garantizar su adecuada valoración.
En el supuesto de contradicciones entre cualesquiera de los documentos presentados para acreditar los méritos de la experiencia, prevalecerá lo indicado en el informe de vida laboral.
Importante para todas las plazas
Los requisitos, así como, en su caso, para el reconocimiento del grado de discapacidad del 33% requerido para cubrir las plazas del cupo de reserva de la bolsa, deberán haberse cumplido el día 1 de julio de 2025. El grado de discapacidad requerido deberá seguir siendo acreditado nuevamente en la fecha de contratación. Por lo tanto, las personas que no acreditasen el cumplimiento de dichos requisitos en la fecha indicada quedarán definitivamente apartadas del proceso.
Por excepción, el cumplimiento del requisito relativo al permiso para conducción de vehículos automóviles, deberá acreditarse en la fecha en que, en su caso, la persona candidata sea citada para la acreditación documental, por lo que no será exigible el cumplimiento del citado requisito con anterioridad a dicha fecha. En consecuencia, el candidato o candidata que en la fecha de dicha citación no acreditará la posesión del citado permiso de conducción quedará definitivamente apartado/a del proceso de selección.
Proceso de selección
El proceso de selección consta de las cinco siguientes fases, todas ellas de carácter sucesivo y, en su caso, excluyente:
Primera fase: Preselección, por parte de la Dirección General del Servicio Público de Empleo, de las personas candidatas que reúnen los requisitos objetivos de la oferta
El Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid preseleccionará a las personas candidatas a las plazas de Oficial/a, que estén inscritas en el correspondiente código ocupacional, y que cumplan con los requisitos objetivos de la oferta de empleo, presentada a estos efectos por Metro de Madrid, S.A.- en cuanto a edad, titulación académica, experiencia acreditada, situación laboral e inscripción en el código ocupacional establecidos.
La relación definitiva de personas preseleccionadas por el Servicio Público de Empleo será publicada en la página web de Metro de Madrid, pudiendo las personas interesadas consultar si han sido definitivamente preseleccionadas para participar en este proceso.
Segunda fase: Prueba objetiva de aptitud
Las personas aspirantes preseleccionadas por el Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid serán convocadas, mediante una empresa consultora externa especializada contratada a tal fin, a una prueba objetiva de aptitud, que constará de dos partes:
- Una primera, de conocimientos técnicos relacionados con las especialidades de formación profesional requeridas en el apartado de titulación académica.
- Y otra segunda, de carácter aptitudinal, dividida en dos bloques:
- Inteligencia general y razonamiento espacial.
- Competencias.
La prueba objetiva de aptitud se llevará a efecto mediante la modalidad de llamamiento único y conjunto para la realización de las dos partes de la prueba (teniéndose por desistidos/as y apartados/as del proceso a quienes no se presenten en tiempo y forma a dicho llamamiento).
Se dará un tratamiento diferenciado a los dos turnos (el de acceso general y el turno de reserva para personas con discapacidad), en lo que se refiere a la relación de personas admitidas y de personas aprobadas.
Para optar a pasar a la tercera fase del proceso de selección, los y las aspirantes habrán de superar la prueba objetiva de aptitud en sus dos partes (la de conocimientos técnicos y la de carácter aptitudinal: Inteligencia general y razonamiento espacial; y competencias), que se calificará como sigue.
- Primera Parte: Conocimientos técnicos.
Esta parte consistirá en la realización de un ejercicio para la evaluación de conocimientos técnicos relacionados con las titulaciones de formación profesional requeridas en el apartado de titulación académica.
El ejercicio será tipo test y de una hora de duración aproximadamente.
El temario sobre el que versará este ejercicio se detalla el apartado “Programa de conocimientos”
El examen se puntúa en una escala de 0 a 40 puntos, siendo 40 la nota máxima. Superarán esta primera parte las personas candidatas que obtengan al menos 20 puntos. Las puntuaciones inferiores a esta puntuación implicarán la no superación de la prueba y la exclusión del proceso de selección para la persona aspirante de la prueba.
Por decisión de la empresa consultora, para establecer la puntuación de esta parte de la prueba (conocimientos técnicos) se podrá atender al criterio de normalización de resultados (distribución normal específica de la muestra de personas candidatas evaluadas).
La parte segunda de la prueba (Inteligencia general y razonamiento espacial; y de competencias), únicamente se corregirá a aquellas personas que hayan superado esta primera parte, en los términos ya indicados.
- Segunda Parte: Pruebas Aptitudinales
Esta parte consistirá en la realización de pruebas psicométricas adecuadas para medir habilidades de razonamiento y competencias comportamentales.
Se dividirá en dos bloques:
- Bloque 2.1: Pruebas de Inteligencia general y razonamiento espacial
Este bloque consistirá en la realización de dos pruebas tipo test, con diferentes opciones de respuesta. La puntuación obtenida en dicho bloque tendrá un máximo de 20 puntos y será el resultado de la media aritmética de la puntuación obtenida en ambas pruebas psicométricas (inteligencia general y razonamiento espacial). - Bloque 2.2: Prueba de competencias
Este bloque consistirá en medir el grado de adecuación de la persona candidata al perfil del puesto ofertado, contrastando las competencias requeridas para el correcto desempeño del puesto de trabajo, que son las siguientes: toma de decisiones, orientación al cliente, orientación a resultados, orientación al cambio, capacidad de comunicación, trabajo en equipo y gestión emocional.
La puntuación de esta prueba de competencias será el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las competencias, siendo el máximo de puntuación 40 puntos.
La puntuación final de la prueba objetiva de aptitud (segunda fase del proceso de selección), será la suma de los puntos obtenidos en cada una de las partes (primera: conocimientos técnicos; y segunda aptitudinal: inteligencia general y razonamiento espacial; y competencias) siendo la puntuación máxima de 100 puntos; y la puntuación máxima de cada parte será la siguiente:
-
-
- Conocimientos técnicos: 40 puntos.
- Pruebas aptitudinales: 60 puntos, desglosados de la siguiente manera:
- Inteligencia general y razonamiento espacial: 20 puntos.
- Competencias: 40 puntos.
-
Al finalizar esta segunda fase del proceso de selección, se elaborará una relación de puntuación obtenida en la prueba objetiva de aptitud, en la que se incluirán todas aquellas personas candidatas que hayan superado la prueba objetiva de aptitud, ordenadas por la mejor puntuación obtenida. Se dará un tratamiento diferenciado al turno de reserva de personas con discapacidad, incluyendo el orden que ocupan estas personas tanto en el turno de reserva para personas con discapacidad como en el turno general.
Esta relación de puntuación de personas candidatas obtenida en la prueba objetiva de aptitud se publicará, a instancia del Tribunal, en la página web de Metro de Madrid.
En caso de empate en la puntuación final obtenida en la prueba objetiva de aptitud, para la ordenación de las personas candidatas tendrán preferencia las personas pertenecientes al género con menor representación en el colectivo de Oficial/a en la empresa; subsidiariamente, en caso de empates sucesivos, y siguiendo este orden, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en el bloque 2.2 (prueba de competencias), la puntuación obtenida en el bloque 2.1. (pruebas de inteligencia general y razonamiento espacial) y por último, la puntuación obtenida en la parte de conocimientos técnicos.
Quedarán definitivamente apartadas del proceso de selección todas las personas candidatas que no hayan superado esta fase, de conformidad con los criterios anteriormente indicados.
Tercera fase: Valoración de méritos (formación adicional)
Se habilitará un plazo de 5 días hábiles para que las personas candidatas que, según lo indicado, hayan superado la segunda fase (prueba objetiva de aptitud) aporten a la consultora externa, para la valoración por parte de ésta, la documentación acreditativa correspondiente a la formación que seguidamente se indica en este apartado, así como los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de acceso (preselección de candidaturas) anteriormente indicados.
Por lo tanto, podrán participar en esta tercera fase únicamente las personas candidatas que han superado la prueba objetiva según el orden establecido en la relación de puntuación obtenida en la prueba objetiva de aptitud, así como aquellas personas candidatas presentadas por el turno de reserva de personas con discapacidad, que hayan superado la prueba objetiva de aptitud y siempre que, en ambos casos, acrediten documentalmente el cumplimiento de los requisitos de acceso exigidos en la presente convocatoria.
Únicamente se valorarán los méritos que cada persona posea a la fecha de publicación de la relación de puntuación obtenida en la prueba objetiva de aptitud.
Tras la realización de esta fase (valoración de méritos), se elaborará una relación de puntuación definitiva de personas candidatas ordenadas por la mejor puntuación resultante de adicionar la obtenida en la segunda y tercera fase del proceso selectivo (prueba objetiva de aptitud y valoración de méritos, respectivamente). Se dará un tratamiento diferenciado al turno de reserva de personas con discapacidad, incluyendo el orden que ocupan estas personas tanto en el turno de reserva para personas con discapacidad como en el turno general.
En el caso de empate en la puntuación obtenida para la ordenación de las personas candidatas, tendrán preferencia las personas pertenecientes al género con menor representación en el colectivo de Oficial/a en la empresa; subsidiariamente, en caso de empates sucesivos, y siguiendo este orden, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en la valoración de los méritos, la puntuación obtenida en el bloque 2.2 (prueba de competencias), la puntuación obtenida en el bloque 2.1 (pruebas de inteligencia general y razonamiento espacial) y por último la puntuación obtenida en la parte de conocimientos técnicos.
Cuarta fase. Reconocimiento médico practicado por Metro de Madrid S.A.
Las personas aspirantes seleccionadas deberán superar el correspondiente reconocimiento médico, previo y excluyente (al que serán citadas progresiva y gradualmente en función de las necesidades de la contratación), realizado por el Servicio de Salud Laboral de Metro de Madrid S.A., a fin de acreditar el cumplimiento de los requisitos físico-médicos precisos para el desempeño del puesto de trabajo actualmente vigentes, y que se detallan en el apartado “Requisitos físico-médicos del puesto de trabajo” de estas bases.
Las personas aspirantes que no sean declaradas aptas quedarán eliminadas y definitivamente apartadas del proceso.
Quinta fase. Curso de formación impartido por Metro de Madrid S.A.
Las personas candidatas declaradas aptas en el correspondiente reconocimiento médico habrán de superar, seguidamente, el curso de formación correspondiente a Oficial/a, impartido por el Servicio de Formación y Gestión del Conocimiento de Metro de Madrid S.A.
Todas las personas aspirantes deberán cumplir los requisitos de asistencia establecidos por el mencionado Servicio y superar dicho curso de formación, acreditando con ello su aptitud para el puesto de trabajo ofertado, quedando eliminadas y definitivamente apartadas del proceso en caso contrario.
Orden de contratación
Como norma general, las contrataciones que pudieran producirse (tras la superación de las cinco fases del proceso de selección) se llevarán a efecto siguiendo el orden resultante de la mejor posición de las personas candidatas en la correspondiente relación de puntuación definitiva que resulte como consecuencia de la segunda y tercera fase del proceso de selección (prueba objetiva de aptitud y valoración de méritos) con independencia del turno (de acceso general o de reserva) por el que hayan concurrido, si bien respecto de las contrataciones que pudieran formalizarse contra la bolsa de personas candidatas en reserva, con posterioridad a la cobertura de las 4 plazas iniciales el 7% corresponderán, de haberlas, a las personas con discapacidad que hayan superado el proceso de selección. No obstante lo anterior, sobre el orden de contratación resultante de aplicar la norma general, se podrán establecer aquellas alteraciones que, en su caso, resulten precisas en razón al diferente contenido y duración de la quinta fase (curso de formación impartido por Metro de Madrid) y a la necesidad de agrupar personas candidatas, con perfil profesional homogéneo, para impartir un curso de formación determinado; sin que estas alteraciones impliquen derecho alguno a reclamación o compensación.
‼️ Cada una de las plazas tiene unos criterios y contenidos específicos. Si quieres ver desglosado cada uno, visita las webs siguientes:
VER PROCESO COMPLETO Oficial/a, con especialidad en Material Rodante y Mecatrónica
VER PROCESO COMPLETO Oficial/a, con especialización en materia de electricidad.
VER PROCESO COMPLETO Oficial/a, con especialización en materia de electrónica y comunicaciones
VER PROCESO COMPLETO Oficial/a, con especialización en Obra Civil
Si quieres prepararte para las plazas de Metro de Madrid, comienza ya tu preparación.
Infórmate en el 91 877 12 25 o escribe a matriculas@grafton.es
¡La mejor formación a tu alcance, estés donde estés!
CURSO PREPARACIÓN METRO DE MADRID
Síguenos en redes sociales