Convocadas 29 plazas de Auxiliar Administrativo para la Universidad Autónoma (UAM)
La Universidad Autónoma de Madrid ha publicado la convocatoria de 29 plazas de Auxiliar Administrativo (grupo C, subgrupo C2).
Estas plazas corresponde a la Oferta de Empleo Público del año 2024.
En el boletín oficial del Estado del 18 de enero de 2025 se ha publicado la convocatoria y se abre plazo de solicitudes.
Requisitos de los aspirantes
Para optar a una plaza de la oposición de Auxiliar Administrativo en la Universidad Autónoma de Madrid (UC3M) tienes que cumplir los siguientes requisitos:
Nacionalidad: ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, sus descendientes y descendientes del cónyuge de españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, siempre que no estén separados de derecho. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.
Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.
Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalentes. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la credencial que acredite su homologación en España.
Capacidad: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
Habilitación: no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de las funciones públicas. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitado/a, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
Importante: Todos los requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.
Plazo de solicitudes
El plazo de solicitudes es del 20 de enero al 14 de febrero de 2025.
La solicitud estará disponible a través del enlace sede.uam.es/sede/procesoselectivos
La presentación de la solicitud se iniciará, pulsando sobre el botón “Iniciar trámite online” y se compondrá de cuatro fases: Identificación, Cumplimentación de la solicitud, Pago telemático y Registro.
Más información sobre la cumplimentación de la solicitud.
Tasas
El importe de la tasa para poder participar es de 11,06€.
Estarán exentos del pago:
- Las personas desempleadas que figuren en los Servicios Públicos de Empleo como demandantes de empleo, con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de esta convocatoria. Será requisito imprescindible para el disfrute de la exención que, en ese plazo, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuada ni se hubieran negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión. Estas circunstancias deberán acreditarse mediante una certificación que deberá ser expedida por los Servicios Públicos de Empleo, debiendo figurar en ella todos y cada uno de los requisitos citados anteriormente.
- Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
- Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
- Las víctimas de violencia de género.
- Las familias numerosas, en los siguientes términos: 100 por 100 de exención a los miembros de familias de la categoría especial y 50 por 100 de exención a los miembros de familias de la categoría general.
IMPORTANTE: De no acreditarse debidamente dicha exención parcial o total, la persona aspirante quedará definitivamente excluido al no poder abonar los derechos de examen con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Proceso selectivo
El proceso selectivo será el de Concurso-Oposición.
Fase de oposición
Constará de un ejercicio de carácter eliminatorio y un segundo ejercicio voluntario y de méritos.
La calificación total de la fase de oposición será de 85 puntos, siendo necesaria una puntuación mínima total de 42,5 puntos para superarla.
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas tipo test, basadas en el contenido del temario.
Los cuestionarios incluirán diez preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario, aquellas correspondientes que, en su caso, pudieran ser objeto de anulación.
El ejercicio se calificará sobre un máximo de 80 puntos siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 40 puntos, que se corresponde con 45 preguntas netas correctas, descontadas las erróneas.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 100 minutos.
Las preguntas contestadas correctamente se valorarán con 0,8 puntos, mientras que las erróneas tendrán una valoración negativa de 1/3 del valor de una pregunta contestada correctamente y las no contestadas o nulas no recibirán puntuación alguna.
Segundo ejercicio:
Voluntario de méritos, al que podrán acceder únicamente aquellas personas aspirantes que superen el primer ejercicio.
La prueba estará relacionada con el conocimiento del idioma inglés. Se puntuará con un máximo de 5 puntos. El contenido de este ejercicio se ajustará a un nivel mínimo de conocimiento B1 (Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas).
Las personas aspirantes que no alcancen el nivel mínimo de conocimiento B1 (Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas), no obtendrán puntuación alguna.
La citada prueba, que se realizará a través de un ordenador en la plataforma Cambridge (Prueba de Linguaskill), consistirá en evaluar la comprensión oral y la comprensión escrita.
Fase de concurso
La puntuación total de esta fase será de 15 puntos. No tendrá carácter eliminatorio y sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición.
En ningún caso, los puntos obtenidos en esta fase podrán ser computados para superar los ejercicios que se hayan realizado en la fase de oposición.
Se valorarán, los méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y acreditados por las personas aspirantes.
Méritos profesionales:
Se valorará, la experiencia profesional, acreditada, de la antigüedad en servicios prestados en la escala convocada, como funcionario/a de carrera y/o funcionario/a interino/a – que realice o haya realizado funciones propias de dicha escala. La distribución de la puntuación será la siguiente:
- Servicios prestados en la Universidad Autónoma de Madrid: 0,45 puntos por mes completo.
- Servicios prestados en una universidad pública española: 0,15 puntos por mes completo.
- Servicios prestados en cualquier otra Administración Pública: 0,10 puntos por mes completo.
A los efectos de valoración de los méritos en la fase de concurso, las personas aspirantes deberán presentar certificación acreditativa de su antigüedad, expedida por el órgano competente en materia de personal y recursos humanos, del organismo o AA.PP donde la persona interesada haya prestado o preste servicios, así como cuanta documentación estime oportuna para la valoración de los méritos señalados en el baremo de esta convocatoria.
Para las personas aspirantes que estén prestando o hayan prestado servicios en la Universidad Autónoma de Madrid, la certificación de los servicios prestados en esta Universidad se expedirá de oficio por el Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, poniendo dicho certificado a disposición al Tribunal Calificador. Los méritos y experiencia en otras AA.PP que aparezcan en el certificado de prestación de servicios emitido por la UAM, no serán considerados a efectos de su valoración, debiendo la persona interesada aportar el certificado original de la Administración que corresponda.
Bolsa de trabajo
A los efectos de la selección de funcionarios/as interinos/as de la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad, se formará una lista de espera con las personas aspirantes, que habiendo aprobado la fase de oposición, no hayan obtenido plaza en el proceso selectivo. Quedarán ordenadas según la puntuación obtenida.
De la mencionada lista de espera quedarán excluidas aquellas personas aspirantes, que, expresamente, comuniquen su voluntad de no ser incluidas en la misma, mediante escrito dirigido al Tribunal calificador.
Temario
I. Legislación general
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Título Preliminar. Título I. Los derechos y deberes fundamentales. Título II. La Corona. Título III. De las Cortes Generales. Título IV. Del Gobierno y de la Administración. Título VI. Del Poder Judicial. Título VIII. De la Organización Territorial de Estado. Título IX. El Tribunal Constitucional. Título X. La reforma constitucional.
Tema 2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas. De los actos administrativos. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. De la revisión de los actos en vía administrativa. Los recursos administrativos.
Tema 3. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales. De los órganos de las Administraciones Públicas. Principios de la potestad sancionadora. De la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. De los Convenios.
Tema 4. La Administración Electrónica regulada en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El Registro Electrónico de la Universidad Autónoma de Madrid. La Sede Electrónica de la Universidad Autónoma de Madrid.
Tema 5. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Tema 6. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Tema 7. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Tema 8. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
II. Gestión académica
Tema 9. La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Funciones del sistema universitario y autonomía de las universidades. Creación y reconocimiento de las universidades y calidad del sistema universitario. Organización de enseñanzas. Investigación y transferencia e intercambio del conocimiento e innovación. Cooperación, coordinación y participación en el sistema universitario. Universidad, sociedad y cultura. Internacionalización del sistema universitario. El estudiantado en el Sistema Universitario. El régimen específico de las universidades públicas.
Tema 10. Los Estatutos de la Universidad Autónoma de Madrid.
Tema 11. El acceso y la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado. Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión; Orden 47/2017, de 13 de enero (modificada por la Orden 1647/2018, de 9 de mayo).
Tema 12. Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Tema 13. Marco normativo aplicable a las enseñanzas impartidas por la Universidad Autónoma de Madrid. Normativas y procedimientos sobre adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos. La continuación de estudios universitarios españoles y extranjeros. Normativa de evaluación académica (Acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 julio de 2023, BOUAM nº7 de 23 de julio de 2023). Compensación por evaluación curricular. Normativa de matrícula y permanencia. Normativa de convocatoria anticipada. Los Títulos propios y la formación continua.
Tema 14. La ordenación de las enseñanzas oficiales de doctorado: Real Decreto 99/2011, de 28 de enero. Regulación del doctorado en la UAM: Normativa de Enseñanzas Oficiales de Doctorado. El acceso y la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de máster y a las enseñanzas oficiales de doctorado.
Tema 15. Los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las universidades públicas de la Comunidad de Madrid. (Decreto 43/2022, de 29 de junio, de precios públicos de la Comunidad de Madrid). Régimen de exenciones, bonificaciones, reducciones y compensaciones.
III. Gestión de Personal
Tema 16. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
Tema 17. Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Tema 18. Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
IV Gestión Económica
Tema 19. La ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Título II (Capítulos I, II, III y IV).
Tema 20. El Presupuesto de la Universidad Autónoma de Madrid. Bases de Ejecución presupuestaria. Título II. Título III.
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