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Bases generales procesos personal laboral Ayuntamiento de Madrid

Bases generales procesos personal laboral Ayuntamiento de Madrid

El Ayuntamiento de Madrid publica las bases generales que regirán los procesos selectivos de personal laboral fijo.

Cada proceso selectivo, además publicará sus bases específicas.

Requisitos generales

Para ser admitido en cualquier proceso selectivo deben cumplirse los siguientes requisitos:

A) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros estados. Igualmente podrán participar las personas extranjeras que, no estando incluidas en
el párrafo anterior, se encuentren con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que la normativa específica determine una diferente.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida para el acceso al subgrupo y especialidad correspondiente a las plazas en las convocatorias de nuevo ingreso conforme al Acuerdo de 30 de septiembre de 2020 de la Mesa de Negociación del Personal Laboral del Ayuntamiento de Madrid por el que se regulan los sistemas de clasificación y ordenación del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
f) Otros requisitos que, en su caso, puedan exigirse en las correspondientes bases específicas.

Acceso a profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores

Será requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal.

Se deberá acreditar mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales. No será necesaria la aportación de dicho certificado siempre que el aspirante autorice expresamente la verificación de oficio de la información y esta información esté disponible en la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas.

Solicitudes

Todas las personas que participen en procesos selectivos para el acceso a la condición de empleado/a público/a del Ayuntamiento de Madrid están obligadas a relacionarse con la Administración municipal a través de medios electrónicos.

Los/las aspirantes deberán realizar la solicitud y el pago de la tasa por derechos de examen por el canal electrónico a través del enlace «Registro Electrónico» disponible en «Tramitar en línea» (requiere identificación y firma electrónica). Una vez realizado el pago deberán firmar y registrar la solicitud.

En la solicitud deberá hacerse constar expresamente el turno/cupo por el que se participe de acuerdo con las siguientes indicaciones:
a) Turno ordinario.
b) Cupo de reserva de discapacidad.

Tasas

El pago debe realizarse por medio de tarjeta bancaria o cualquier otro medio que se determine en la convocatoria. Su cuantía se indicará en las respectivas convocatorias.

Será preciso conservar el documento de autoliquidación que genera la aplicación una vez realizado el pago, puesto que es obligatorio para presentar la
solicitud.

En aquellos casos en que la cantidad a abonar sea 0 euros deberá aportarse la autoliquidación 0 euros.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sistema de selección

Los procesos de selección se realizarán a través de los sistemas de oposición o concurso-oposición.

Sistema de oposición

El proceso de selección constará de los ejercicios que se determinen en las bases específicas.

Sistema de concurso-oposición

En las pruebas selectivas que se realicen por el sistema de concurso-oposición, la fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

La fase de oposición constará de los ejercicios que se determinen en cada base específica, será previa al concurso y tendrá carácter eliminatorio.

En los procesos selectivos podrá establecerse la superación de un curso de formación y/o periodo de prácticas.

Grupo A Subgrupo A1

Las pruebas para el acceso a las categorías pertenecientes a este grupo de titulación estarán integradas, al menos, por tres ejercicios y como máximo cuatro,
pudiendo consistir éstos en:

  • Cuestionario tipo test.
  • Exposición oral del número de temas que se determinen en las bases específicas.
  • Desarrollo por escrito del número de temas que se especifiquen en las bases específicas.
  • Resolución de uno o varios supuestos prácticos o pruebas prácticas que se especifiquen en las bases específicas.
  • Redacción de informes o propuestas de resolución que se especifiquen en las bases específicas.
Grupo A Subgrupo A2

Las pruebas para el acceso a las categorías pertenecientes a este grupo de titulación estarán integradas, como máximo por tres ejercicios, pudiendo consistir éstos en:

  • Cuestionario tipo test.
  • Desarrollo por escrito del número de temas que se especifiquen en las bases específicas.
  • Resolución de uno o varios supuestos prácticos o pruebas prácticas que se especifiquen en las bases específicas.
  • Redacción de informes o propuestas de resolución que se especifiquen en las bases específicas.
Grupo C Subgrupo C1 y Grupo C Subgrupo C2

Las pruebas para el acceso a las categorías pertenecientes a este grupo de titulación estarán integradas al menos, por un ejercicio y como máximo por dos ejercicios, pudiendo consistir éstos en:

  • Cuestionario tipo test:
     Teórico.
     Práctico.
     Teórico-práctico
  • Resolución de uno o varios supuestos prácticos o pruebas prácticas. Si la prueba consiste en un cuestionario tipo test teórico-práctico, el acceso a las categorías pertenecientes a este grupo de titulación estarán integradas por esa única prueba.
Agrupaciones Profesionales

La prueba para el acceso a las categorías pertenecientes a este grupo de titulación estará integrada por un sólo ejercicio, consistiendo este en:

  • Cuestionario tipo test teórico-práctico.

 

Cuestionarios

Los cuestionarios tipo test teóricos estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.

Grupo A, Subgrupo A1: 120 preguntas en 120 minutos.

Grupo A, Subgrupo A2: 100 preguntas en 100 minutos.

Grupo C, Subgrupo C1: 90 preguntas en 90 minutos.

Grupo C, Subgrupo C2: 70 preguntas en 70 minutos.

Agrupaciones Profesionales: 45 preguntas en 45 minutos.

La parte práctica estará compuesta por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta y constará del siguiente número de preguntas dependiendo del grupo de titulación en el que estén incluidas las categorías correspondientes, indicándose asimismo el tiempo para la realización del ejercicio:

  • Grupo C Subgrupo C1: 30 preguntas en 60 minutos.
  • Grupo C Subgrupo C2: 20 preguntas en 40 minutos.
  • Agrupaciones Profesionales: 10 preguntas en 20 minutos.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de siete días naturales y máximo de
cuarenta y cinco días naturales.

Calificación del proceso selectivo

Sistema oposición

Los ejercicios que sean puntuables se calificarán de cero a diez puntos o como “apto” o “no apto”.

En aquellos ejercicios que sean de carácter obligatorio serán eliminados/as aquellos/as aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos o que no obtengan la
calificación de “apto” en cada uno de ellos.

La calificación definitiva del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios determinados en las respectivas bases específicas.

Sistema concurso – oposición

Los ejercicios que sean puntuables se calificarán de cero a diez puntos o como “apto” o “no apto”.

En aquellos ejercicios que sean de carácter obligatorio serán eliminados/as aquellos/as aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos o que no obtengan la
calificación de “apto” en cada uno de ellos.

La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso.

Lista de espera para personal laboral temporal

En las convocatorias, una vez finalizado el proceso selectivo se formarán listas de espera, a efectos de su posible contratación como personal laboral temporal, con
aquellos/as aspirantes del turno libre y de discapacidad que, cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria, hubieran alcanzado un nivel mínimo suficiente para el
desempeño de las funciones correspondientes de acuerdo con lo establecido en las diferentes bases específicas, ordenados/as según la puntuación obtenida en el proceso.

Los/las aspirantes que no deseen formar parte de las listas de espera deberán presentar escrito de renuncia ante la Administración convocante.

VER COMPLETAS LAS BASES GENERALES AYUNTAMIENTO MADRID

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