Auxiliar Administrativo Ayuntamiento de Fuenlabrada

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- Horarios
- Lunes de 17 a 20h. COMIENZO 15 de diciembre de 2025.
Estado de la oposición
- 05/11/2025
- Se publican las bases
- Se convocarán 54 plazas de Auxiliar Administrativo
- Ver bases oposición Auxiliar Administrativo Ayuntamiento Fuenlabrada
Información oposición
El Ayuntamiento de Fuenlabrada publica las bases para cubrir 54 plazas de Auxiliar Administrativo.
Estas 54 plazas se desglosarán en 3 convocatorias:
Convocatoria 1.
37 plazas de Auxiliar Administrativo
Convocatoria 2.
13 plazas de Auxiliar Administrativo
Convocatoria 3.
4 plazas de Auxiliar Administrativo
Retribuciones
El salario de un Auxiliar Administrativo en el Ayuntamiento de Fuenlabrada está más de 30.000€ brutos anuales
Requisitos de los aspirantes
Para optar a una plaza de Auxiliar Administrativo Ayuntamiento de Madrid tienes que cumplir los siguientes requisitos:
- Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Públi
- Nacionalidad: Deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
- Tener la nacionalidad española.
- Ser nacional de cualquiera de los Estados Miembros de la Unión Europea.
- El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
- Estar en posesión de ESO o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
- No haber sido separado del servicio, en virtud de expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Estructura de la prueba
El proceso de selección para conseguir una plaza de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Fuenlabrada será por concurso-oposición.
Fase oposición
Primer ejercicio. Prueba de conocimiento temario común. Igual para las 3 convocatorias.
Cuestionario de 50 preguntas, con tres respuestas alternativas, relacionadas con el temario del bloque de materias comunes. El tiempo para su realización será de 50 minutos.
Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la quinta parte del valor asignado a la contestación correcta.
La prueba se calificará de 0 a 10 puntos. Las personas aspirantes deberán obtener una puntuación mínima de 5 puntos. El tiempo para su realización será de 50 minutos por cada convocatoria.
Segundo ejercicio. Prueba de conocimiento temario específico.
Cuestionario de 50 preguntas, con tres respuestas alternativas, relacionadas con el temario del bloque de materias específicas.
Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la quinta parte del valor asignado a la contestación correcta.
La prueba se calificará de 0 a 10 puntos. Las personas aspirantes deberán obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
Fase concurso
Se valorarán los siguientes méritos:
Valoración del trabajo desempeñado (Máximo 6 puntos)
- Por trabajos desarrollados en cualquier Ayuntamiento de gran población, en puestos de la categoría convocada: 1,8 puntos/año.
- Por haber desempeñado, en cualquier Ayuntamiento del régimen común, puestos de la categoría convocada: 0,26 puntos/año.
- Por haber desempeñado, en cualquier Administración Pública distinta de las anteriores, puestos de la categoría convocada: 0,13 puntos/año.
- Por haber desempeñado puestos, en organizaciones no contempladas en los apartados anteriores, de la categoría convocada: 0,06 puntos/año. Los períodos inferiores a un año se prorratearán por días.
Formación técnica y transversal (Máximo 6 puntos)
Serán objeto de valoración los cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones de la plaza a cubrir y aquellas acciones formativas sobre elementos, dispositivos o programas específicos de uso habitual en el puesto de trabajo o materias transversales como igualdad, prevención de riesgos laborales, habilidades sociales, trabajo en equipo, idiomas, competencias digitales e impartidos por el Ayuntamiento y demás Administraciones Públicas, en centros o entidades que no sean Administraciones Públicas, pero que estén dirigidos a empleados/as públicos/as, de acuerdo con los siguientes criterios:
- Cursos duración hasta 11 horas: 0,20 puntos
- Cursos de duración entre 12 y 40 horas lectivas: 0,40 puntos
- Cursos de duración entre 41 y 75 horas lectivas: 0,60 puntos
- Cursos de duración entre 76 horas y 100 horas lectivas: 0,90 puntos
- Cursos de duración igual o superior a 101 horas: 1,2 punto
Superación de ejercicios (máximo 2 puntos)
Por superación de pruebas en procesos de concurso-oposición u oposición en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 de la categoría convocada dentro de la Administración Local de gran población, se otorgará por cada prueba superada 1 punto por prueba, hasta un máximo de 2 puntos
Otros méritos (máximo 1 punto)
Disponer la titulación de FP2, Grado superior FP, Bachillerato: 1 punto.
Calificación final
La calificación definitiva de las personas aspirantes vendrá determinada por la aplicación de las calificaciones obtenidas en la fase de Concurso y la calificación de la fase de Oposición con la fórmula siguiente:
Calificación final = (calificación de la fase de oposición) *0,6 + calificación de la fase de concurso)*0,4.
Bolsa de empleo
Todas las personas que no se opongan formarán parte de una lista de espera que se elaborará con la lista de personas que hayan aprobado al menos el primer ejercicio en cualquiera de las tres convocatorias.
La lista de espera será única y se generará con la mejor calificación de los/las aspirantes en el conjunto de las tres convocatorias, siempre y cuando se cumpla el requisito exigido anterior y de forma decreciente (primero las personas que han superado los dos ejercicios y no han obtenido plaza y después las personas que han superado el primer ejercicio, pero no han superado el segundo ejercicio).
Temario
Para optar a una plaza de la oposición de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Fuenlabrada tienes que preparar el siguiente temario:
TEMARIO COMÚN A LAS TRES CONVOCATORIAS
- La Constitución española: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional.
- La Constitución española de 1978: La organización territorial del Estado: Las Comunidades Autónomas: constitución y distribución de competencias. La Administración Local.
- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Disposiciones Generales. El Municipio: concepto y elementos del municipio: Territorio, población y organización municipal. Competencias municipales. La provincia: concepto y competencias. El régimen de Organización de los Municipios de Gran Población.
- Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público. Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y Deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Principios éticos.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. Principio de Igualdad y tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Disposiciones Generales. Principios de protección de datos. Derechos de las personas.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. TÍTULO I Transparencia de la actividad pública.
- Ley 31/95, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales: Capítulo Primero: objeto, ámbito de aplicación y definiciones. CAPÍTULO III. Derechos y obligaciones.
- Procesadores de texto: Principales funciones y utilidades. Creación y estructuración del documento. Gestión, grabación, recuperación e impresión de ficheros. Personalización del entorno de trabajo.
- Hojas de cálculo: Principales funciones y utilidades. Libros, hojas y celdas. Configuración. Introducción y edición de datos. Fórmulas y funciones. Gráficos. Gestión de datos. Personalización del entorno de trabajo.
- Correo electrónico: conceptos elementales y funcionamiento. El entorno de trabajo. Enviar, recibir, responder y reenviar mensajes. Creación de mensajes. Reglas de mensaje. Libreta de direcciones.
- La Red Internet: origen, evolución y estado actual. Conceptos elementales sobre protocolos y servicios en Internet. Funcionalidades básicas de los navegadores web.
- Seguridad de la información del marco de Competencias DIGICOMP.
TEMARIO ESPECÍFICO CONVOCATORIA 1
- Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones públicas: Títulos II, III y IV
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público: Título Preliminar. 4. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales. Recursos de las Entidades Locales. Impuestos. Tasas. Contribuciones especiales. Precios Públicos.
- El Presupuesto de las Entidades Locales: contenido elaboración y aprobación. Los créditos y sus modificaciones.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Objeto y ámbito de aplicación. Contratos del sector Público. Órganos de contratación en las Entidades Locales: Libro Segundo, Título I, Capítulo I.
TEMARIO ESPECÍFICO CONVOCATORIA 2
- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
- Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la Gestión del Padrón Municipal. 3. Resolución de 20 de julio de 2018 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la revisión anual del padrón municipal y el procedimiento de obtención de la propuesta de cifras oficiales de población.
- Resolución de 22 de julio de 2021, de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Modelo de Datos para el intercambio de asientos entre las entidades registrales.
- Sistema de Interconexión de Registros. Guía funcional para oficinas de Asistencia en Materia de Registro.
- Manual Oficinas Registro Cl@ve otros organismos. Agencia Estatal Tributaria.
TEMARIO ESPECÍFICO CONVOCATORIA 3
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria: Título I y Título II.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Las tasas y las contribuciones especiales. Régimen jurídico. Artículo 4. Régimen jurídico. CAPÍTULO III. Tributos Sección 3.ª Tasas. Sección 4.ª Contribuciones especiales.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. CAPÍTULO II. Ingresos de derecho privado.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. CAPÍTULO VI. Precios públicos.
Información y reservas
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