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Ampliación plazas Personal Oficios Servicios Internos (POSI) Ayuntamiento de Madrid

 

El Ayuntamiento de Madrid, en su boletín oficial del 24 de septiembre de 2024, ha ampliado en 13 plazas la oferta para opositar a Personal Oficios Servicios Internos (POSI), quedando en total 84 plazas convocadas.

Estas plazas pertenecen a la reciente oferta de empleo público publicada para el año 2024.

Con el fin de agilizar los procesos y economizar los mismos, se ha decidido ampliar dichas plazas y abrir un nuevo plazo de solicitudes de 20 días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Te recordamos que actualmente, puede echarse la solicitud hasta el 2 de octubre, pero se ampliarán los días cuando se publique en el BOE la ampliación.

Las solicitudes se presentarán por vía telemática.

 

ACCESO SOLICITUD

 

Desglose plazas

 

Las 84 plazas de Personal Oficios Servicios Internos (POSI) pertenecen a las siguientes ofertas de empleo.

  • 34 plazas pertenecientes a la oferta de empleo de 2021.
  • 2 plazas pertenecientes a la oferta de empleo de 2022.
  • 35 plazas pertenecientes a la oferta de empleo de 2023.
  • 13 plazas pertenecientes a la oferta de empleo de 2024.

 

Del total de las plazas se reservan 5 de ellas para el cupo de discapacidad.

 

El proceso selectivo se regirá por las siguientes bases:

 

BASES ESPECÍFICAS POSI AYUNTAMIENTO MADRID

BASES GENERALES PERSONAL FUNCIONARIO

 

Tasas

 

El importe de la tasa por derechos de examen es de 5,50€.

 

El pago debe realizarse por medio de tarjeta bancaria.

 

IMPORTANTE: Los/las aspirantes deberán realizar la solicitud y el pago de la tasa por derechos de examen por el canal electrónico a través del enlace «Registro Electrónico» disponible en «Tramitar en línea». Una vez realizado el pago deberán firmar y registrar la solicitud.

 

Si estás exento/a deberás generar el documento de autoliquidación a coste 0€ y adjuntarlo con la solicitud.

 

MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA SOLICITUD Y LAS TASAS.

 

Exenciones

 

Estarán exentos al pago de la tasa:

  • Personas en situación de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  • Demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE.
  • Víctimas de violencia de género.
  • Víctimas del terrorismo, el cónyuge y sus ascendientes o descendientes, por naturaleza o adopción.
  • Familias monoparentales.
  • Familias numerosas de categoría especial
  • Bonificación del 50% a las familias numerosas de categoría general.

 

Se deberá adjuntar la documentación que acredite tal condición.

 

Requisitos de los participantes

    1. No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo, a tenor de lo establecido por la disposición adicional sexta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
    2. Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros estados.
    3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
    4. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que la normativa específica determine una diferente.
    5. No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Este extremo se acreditará mediante Certificación expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia, en el que constará que no existe información penal del/de la interesado/a.
    6. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

 

 

CURSO PREPARACIÓN

 

En octubre abrimos nuevos grupos para la oposición de Personal de Oficios de Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid (POSI).

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