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Listados provisionales Oposición Auxiliar Administrativo UCM Estabilización

Listados provisionales Oposición Auxiliar Administrativo UCM Estabilización

 

La Universidad Complutense de Madrid ha publicado los listados provisionales de las 35 plazas de Auxiliar Administrativo convocadas el pasado 25 de noviembre de 2022 por concurso-oposición.

 

ACCESO LISTADOS PROVISIONALES

 

Anuncio listados provisionales en el BOCM del 24 de noviembre de 2023.

 

Plazo de alegaciones

 

Con el objetivo de evitar errores y para posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo que no figuran en la relación de excluidos, sino que, además, sus nombres constan correctamente en la relación de admitidos.

 

Los aspirantes excluidos o los que no figuren en las relaciones provisionales de admitidos y excluidos tienen del 27 de noviembre al 12 de diciembre de 2023 para subsanar los errores.

 

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos.

 

Te dejamos una guía de como presentar las alegaciones.

 

GUÍA PASO A PASO PARA PRESENTAR ALEGACIÓN

 

Causas de exclusión

 

0002 – Pago de tasas

Exclusión por no haber realizado el pago de las tasas de examen o por no haber justificado correctamente el mismo.

Se puede subsanar esta causa de exclusión mediante una de las siguientes opciones:

– Adjuntando el documento acreditativo del pago realizado con anterioridad.

– Realizar el pago en este momento mediante el ingreso de la tasa en la cuenta bancaria que se indica en las bases de la convocatoria.

Una vez realizado el pago, deberá adjuntar el documento justificativo.

 

0002 y 0245 – Pago de tasas y tasa justificada

 

Exclusión por no haber acreditado correctamente el motivo por el cual está exento total o parcialmente del pago de las tasas de examen (punto 8.5).

Los documentos presentados pueden ser incorrectos por las siguientes razones:

  • el informe presentado no se corresponde con el que se especifica en las bases de la convocatoria;
  • No cumple los requisitos de tiempo que se contemplan en las mismas; o no está vigente o está caducado, entre otros.

 

En este caso, se podrá subsanar esta causa de exclusión adjuntando el documento correcto, actualizado, vigente y que cumpla los requisitos temporales de la convocatoria, en su caso.

 

Si no se dispone del documento acreditativo correcto, efectuar el pago de las tasas de examen (como se indica en el apartado anterior 0002 – Pago de tasas).

 

0003 – Nacionalidad española

 

Exclusión por no haber justificado correctamente el requisito de Nacionalidad que se contempla en el apartado 5.1. de las bases de la convocatoria.

Se podrá subsanar esta causa de exclusión aportando:

  • En caso de cónyuge: certificado de matrimonio del Registro Civil actualizado, junto con el Documento Nacional de Identidad de la persona española; o de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea.
  • En caso de descendientes: libro de familia junto con el Documento Nacional de Identidad actualizado del ascendiente español; o de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea.

 

ZFEC – Fecha de presentación

Exclusión por no haber presentado la solicitud dentro del plazo establecido en las bases de la convocatoria. Se podrá subsanar esta causa de exclusión siempre que poseas la solicitud registrada en plazo (desde el 1 de diciembre al 17 de enero de 2023).

 

0230 – Solicitud firmada

 

Exclusión por no presentar la solicitud firmada.

 

Se podrá subsanar esta causa de exclusión adjuntando la solicitud debidamente firmada.

 

0235 – Titulación requerida

 

Exclusión por haber seleccionado una titulación inferior a la requerida en la convocatoria.

Se podrá subsanar esta causa de exclusión adjuntando la Titulación exigida o superior.

 

0240 – DNI en vigor

 

Exclusión por no haber aportado el Documento Nacional de Identidad (u otro documento acreditativo de la nacionalidad), por haber presentado el documento caducado o por haber presentado únicamente el reverso.

 

Se podrá subsanar adjuntando el documento completo en vigor o el certificado de estar tramitando su renovación.

 

0260 – Instancia no presentada en tiempo y forma

 

Exclusión por no haber registrado en tiempo y forma, ni telemática ni presencialmente, la solicitud.

 

Se podrá subsanar presentando la solicitud debidamente firmada y registrada dentro del plazo establecido (desde el 1 de diciembre al 17 de enero de 2023), así como el Documento Nacional de Identidad, pago de tasas o exención de las mismas que correspondan.

 

VER CAUSAS DE EXCLUSIÓN

 

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