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Listados provisionales Auxiliar de Servicios Comunidad de Madrid

 

En el boletín oficial de Comunidad de Madrid del 9 de abril de 2026 se han publicado los listados provisionales de las 1340 plazas de Auxiliar de Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área B) de Comunidad de Madrid.

Te recordamos que estos listados corresponden a la convocatoria que se publicó en 2025 mediante Orden 1078/2025, de 24 de abril (BOCM de 7 de mayo) de la Consejería de economía, Hacienda y Empleo y ampliación mediante Orden 4/2026, de 31 de diciembre (BOCM de 13 de enero) donde se ofertaban en total 1340 plazas.

También se han publicado los listados de los aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la/s adaptación/es solicitada/s.

RELACIÓN ASPIRANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

 

Alegaciones

Los aspirantes excluidos así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones.

El plazo de subsanación es del 10 al 23 de abril de 2026.

El formulario de subsanación, junto con la documentación acreditativa que, en su caso, corresponda, se dirigirán a la Dirección General de Función Pública, Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y se presentarán de forma telemática.

Se deberá marcar la causa de exclusión que les resulte aplicable, cumplimentar los datos y presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para la subsanación.

Aquellas personas que no figuren en la relación de personas aspirantes admitidas ni en la de excluidas habrán de marcar la causa identificada con el código “Z”.

Adaptaciones

 

En los casos en los que deban acreditar la adaptación solicitada, deberá especificarse en el apartado quinto correspondiente a las Alegaciones, aportando a su vez la correspondiente documentación acreditativa.

 

También se deberá adjuntar copia del dictamen técnico facultativo emitido por un centro base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, o en caso de personas sin discapacidad, copia de certificado médico oficial, documentos, todos ellos, que deberán contener, de manera expresa, los siguientes extremos:

 

  1. Necesidad de las adaptaciones solicitadas.
  2. Descripción detallada de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precisen para la realización de las pruebas en las que participen, así como condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde éstas se desarrollen (uso de atril, traductor de lenguaje de signos, letra de tamaño superior a “x” milímetros, ampliación del tiempo de duración del ejercicio en “x” minutos, etc.).

 

Cómo es el proceso selectivo

El proceso selectivo para optar a una plaza de Personal de Auxiliar de Servicios de la Comunidad de Madrid será el de oposición y constará de un sólo ejercicio:

Ejercicio:

​Consistirá en contestar un cuestionario de 40 preguntas tipo test más 5 adicionales de reserva que versarán sobre el temario. El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.

Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta.

Se calificará de cero a cien puntos, siendo necesario, para superarlo, obtener un mínimo de cincuenta puntos.

 

Bolsa de trabajo

Se procederá a la constitución y aprobación de una bolsa de trabajo temporal, a efectos de su posible contratación como personal laboral, integrada con aquellas personas aspirantes que hayan obtenido como mínimo el 80 % de la calificación que establezca el órgano de selección para superar el primer y único ejercicio de la oposición, y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha bolsa de trabajo. En ningún caso formarán parte de la bolsa de trabajo los aspirantes a los que se les haya anulado el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en los procesos selectivos.

 

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