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Listados aprobados y elección de destinos Integrador Social Comunidad de Madrid

 

El Tribunal Calificador de la oposición de Técnico Especialista I, Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C)  de 340 plazas de Estabilización de Comunidad de Madrid  ha publicado en el BOCM del 20 de febrero de 2025 lo siguiente:

 

 

¡¡Enhorabuena a nuestr@s alumn@s por su plaza!!

 

Plazo presentación documentación

 

El plazo de presentación de la documentación será del 21 de febrero al 20 de marzo de 2025, ambos inclusive.

Los aspirantes que han conseguido la plaza deberán presentar la siguiente documentación:

 

A) Copia del DNI/NIE o equivalente y, en su caso, demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente.

B)  Copia de cualquiera de las siguientes titulaciones:

— Técnico Superior en Integración Social.
— Técnico Especialista en Economía Sociofamiliar, rama servicios a la comunidad.
— Técnico Especialista en Adaptación Social, rama servicios a la comunidad.
— Técnico Especialista en Educador de Disminuidos Psíquicos, rama sanitaria

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

C) En caso de haber superado el proceso selectivo por el cupo de discapacidad, copia de la tarjeta o certificado vigente acreditativos del grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, expedido por la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, Instituto de mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones, o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, de la documentación requerida en los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de diciembre de 2006).

D) Certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales de no haber sido condenado por sentencia judicial firme por alguno de los delitos señalados en el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Los participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además de no haber sido condenados por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en España, no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.

E) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados.

 

No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en las letras A), B),C) y D), a no ser que la persona interesada se opusiera expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos, cumplimentando a tal efecto los correspondientes apartados habilitados en los puntos 7 y 8 del modelo de “Elección de plaza y presentación de documentación acreditativa para la adquisición de la condición de personal laboral fijo de la Comunidad de Madrid en la categoría profesional Técnico Especialista I, Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid”.

 

‼️  La documentación reseñada será presentada telemáticamente y será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación.”

 

ACCESO AL TRÁMITE

 

Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de participación por las personas aspirantes aprobadas a la vista de la documentación presentada por las mismas, y resultando, en todo caso, vinculante la petición de destinos que hubieran formulado aquellos, la Dirección General de Función Pública procederá a hacer pública la adjudicación de destinos que, en su caso corresponda, mediante resolución que será objeto de debida publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

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