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Convocatoria 14 plazas Operario/a del Ayuntamiento de Madrid

Convocatoria 14 plazas Operario/a del Ayuntamiento de Madrid

 

El Ayuntamiento de Madrid en su boletín oficial del 26 de septiembre, ha publicado la convocatoria de 14 plazas en la categoría de Operario/a.

El 3 de octubre de 2022 se publica la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se abre el plazo de solicitudes.

 

Información plazas

Las 14 plazas de Operario/A están englobadas en la Agrupación de Profesiones Auxiliares Servicios Generales y Mantenimiento de la plantilla de personal laboral fijo.

Estas plazas corresponden a la oferta de Estabilización del Ayuntamiento de Madrid.

La convocatoria se regirá por las siguientes bases:

BASES OPERARIO/A SERVICIOS GENERALES AYTO MADRID

 

Plazo solicitudes

El plazo de solicitudes será del 4 de octubre al 2 de noviembre.

Las solicitudes y el pago de las tasas se presentarán exclusivamente por vía telemática por el canal electrónico a través del enlace «Registro Electrónico» disponible en «Tramitar en línea». Una vez realizado el pago deberán firmar y registrar la solicitud.

El pago debe realizarse por medio de tarjeta bancaria.

En aquellos casos en que la cantidad a abonar sea 0 euros deberá aportarse la autoliquidación 0 euros.

ACCESO SOLICITUD

PÁGINA WEB DE LA OPOSICIÓN OPERARIO/A

 

Tasas

 

El importe de la tasa por derechos de examen es de 5,50 euros.

 

VER EXENCIONES EN EL PAGO DE LAS TASAS

 

Requisitos de los aspirantes

  • Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
  • No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.
  • Tener la nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

 

Proceso selectivo

El proceso selectivo será el de concurso-oposición. 

 

Fase oposición

Estará integrada por un solo ejercicio que consistirá en un cuestionario tipo test teórico-práctico que versará sobre el contenido del programa.

Estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, distribuyéndose las preguntas de la siguiente forma:

  • La parte teórica constará de 20 preguntas. El tiempo para su realización será de 30 minutos.
  • La parte práctica constará de 8 preguntas. El tiempo para su realización será de 20 minutos.

Se procederá en primer lugar a la realización de la parte teórica y una vez finalizado el tiempo para la realización de ésta se recogerá toda la documentación, tras lo cual se procederá a la entrega de la parte práctica para su realización.

Las respuestas erróneas penalizarán un 1/5 del valor de la respuesta correcta.

El ejercicio de la fase de oposición se calificará con un máximo de 150 puntos. La parte teórica del cuestionario se valorará con 75 puntos y la parte práctica con otros 75 puntos.

La calificación final del ejercicio vendrá determinada por la suma de las calificaciones parciales de la parte teórica y de la parte práctica, siendo necesario obtener 75 puntos para poder acceder a la fase de concurso.

 

Fase de concurso

Los méritos acreditados se valorarán hasta un máximo de 100 puntos, conforme a los siguientes criterios:

Experiencia profesional: se valorará hasta un máximo de 70 puntos.

No se valorarán los servicios prestados como personal eventual, personal directivo profesional, personal titular de órganos directivos y superiores, personal contratado con sujeción a las reglas de derecho administrativo, personal vinculado por un contrato no laboral de prestación de servicios, sea de naturaleza civil o mercantil, personal laboral temporal bajo la modalidad de obra o servicio determinado o la que pueda sustituir a ésta
que presta o haya prestado servicio en los programas derivados del desarrollo de políticas activas de empleo, financiados tanto con fondos propios de cualquier Administración como con subvenciones externas. Tampoco se valorarán los realizados como alumnado trabajador contratado en desarrollo de programas de políticas activas de empleo.

Los servicios prestados se valorarán, de acuerdo con el siguiente baremo:

  1. a) Por los servicios prestados en la categoría del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomosobjeto de la convocatoria, se asignará una puntuación de 0,85 puntos por mes, hasta un máximo de 70 puntos.
    b) Por los servicios prestados en otras categoríasdel Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, se asignará una puntuación de 0,35 puntos por mes, hasta un máximo de 35 puntos.
    c) Por los servicios prestados en otras Administraciones Públicas, se asignará una puntuación de 0,25 puntos por mes, hasta un máximo de 30 puntos.
    d) Por los servicios prestados en órganos constitucionales y resto del Sector Público, o en las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en aquellas de los Estados con los que la Unión Europea haya celebrado Tratados Internacionales ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, se asignará una puntuación de 0,25 puntos por mes, hasta un máximo de 25 puntos.

Méritos académicos, se valorarán hasta un máximo de 30 puntos.

  1. a) Los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos a empleados/as públicos/as por las Administraciones Públicas, así como por centros o entidades acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas directamente relacionados con las funciones de la categoría convocada, así como los cursos que se refieran a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes transversales.

Se valorarán hasta un máximo de 25 puntos, a razón de:

  • De 4 a 10 horas: 2,5 puntos.
  • De 11 a 20 horas: 3 puntos.
  • De 21 a 50 horas: 3,5 puntos.
  • De 51 a 80 horas: 4 puntos.
  • De 81 a 150 horas: 4,5 puntos.
  • De 151 a 250 horas: 5 puntos.
  • Más de 250 horas: 5,5 puntos.

Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito igual a 10 horas.

  1. b) Superación de ejercicios en anteriores procesos selectivos.

Se valorarán con 5 puntos los ejercicios superados en anteriores convocatorias, ya sean ordinarias o extraordinarias, para acceso por turno libre a la categoría convocada, en los 20 años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, hasta un máximo de 5 puntos.

 

Calificación final

La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso.

 

Bolsa de empleo

Una vez finalizado el proceso selectivo se formarán listas de espera, a efectos de su posible nombramiento como funcionarios/as interinos/as o personal laboral temporal, con aquellos/as aspirantes del turno ordinario y del cupo de discapacidad que, cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria, hubiesen accedido a la fase de concurso pero no hayan superado el proceso selectivo, ordenados/as según la puntuación obtenida en el proceso.

Los/las aspirantes que no deseen formar parte de las listas de espera deberán presentar escrito de renuncia ante la Administración convocante.

 

Temario

Para optar a una plaza de la oposición de Operario/a del Ayuntamiento de Madrid tienes que preparar el siguiente temario:

Tema 1.- Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados/as de prevención. Comités de seguridad y salud. Especial referencia a la prevención de riesgos laborales del Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos. Representación de los empleados públicos.
Tema 2.- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. El Plan de Igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos: Ámbito municipal; Principios rectores; Estructura del Plan de Igualdad.
Tema 3.- Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales: Disposiciones generales. Título I: Normas generales de uso de las instalaciones deportivas municipales: Uso de las Instalaciones Deportivas Municipales, Derechos y deberes y prácticas prohibidas de los usuarios. Información y comunicación. Vestuarios, guardarropa, taquillas y jaulas. Objetos perdidos.
Tema 4.- Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales (I). Título II: De las piscinas municipales: Piscinas Municipales, Piscinas climatizadas, Instalaciones complementarias de las piscinas.
Tema 5.- Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales (II). Título III: De otras unidades deportivas de las instalaciones deportivas municipales. Título IV: De las embarcaciones de recreo en lagos y estanques.
Tema 6.- Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales (III). Título V: De los servicios deportivos: Capitulo I: De las actividades deportivas dirigidas (artículo 42). Capitulo II: De las reservas de temporada: definición (artículo 44) y usos (artículo 45). Utilización de unidades para actividades deportivas: definición (artículo 49) y usos (artículo 50). Capitulo III: De los Juegos de competición (artículo 54).
Tema 7.- Ordenanza de limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de residuos, Título III: Gestión de los residuos municipales: Clasificación de los residuos (artículo 25). Recogida selectiva y separación en origen (artículo 31). Clases de recipientes (artículo 32). Conservación y Limpieza de los recipientes normalizados (artículo 34).

 

CURSO PREPARACIÓN

 

Comienza a prepararte esta oposición y consigue tu plaza de funcionario en el Ayuntamiento de Madrid.

 

  • En noviembre abrimos nuevos grupos, pregúntanos.

 

Infórmate en los teléfonos 91 877 12 25 o 91 295 85 96.

 

PREPARACIÓN 14 PLAZAS OPERARIO/A AYUNTAMIENTO DE MADRID

 

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