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Convocatoria 11 plazas Auxiliar Administrativo Ayuntamiento de Alcalá de Henares

 

En el boletín oficial de la Comunidad de Madrid del 27 de enero de 2026 se publica la convocatoria de 11 plazas de Auxiliar Administrativo para el Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

 

Estas plazas pertenecen a la Oferta de empleo público del año 2024.

 

En el boletín oficial del Estado del 2 de febrero se publica la convocatoria y se abre plazo de instancias.

 

Importante: el Ayuntamiento de Alcalá ha aprobado 29 plazas de Auxiliar Administrativo en su oferta de empleo del año 2025. (Pendientes de convocar)

 

 

BASES ESPECÍFICAS AUXILIAR ADMINISTRATIVO AYUNTAMIENTO ALCALÁ

 

 

Requisitos de los aspirantes

 

  • Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros estados.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de tareas.
  • Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que la normativa específica determine una diferente.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñan en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • Tener el título de Graduado en Educación Secundaria o equivalentes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

 

* Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo y hasta el momento de la toma de posesión.

 

Plazo de solicitudes

 

El plazo para echar la instancia es del 3 al 22 de febrero de 2026.

 

Las solicitudes se presentarán mediante modelo normalizado que podrá recogerse en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares o descargarse en la web https://recursoshumanos.ayto-alcaladehenares.es/Tramites o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento/Trámites/Catálogo de Trámites/Ámbito de Recursos Humanos/Participación en procesos selectivos haciendo constar en la instancia la denominación de la plaza a la que se opta.

 

Las solicitudes podrán ser presentadas:

 

— A través de Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares (https://sede.ayto-alcaladehenares.es).

— Por cualquier otro medio establecido en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA SOLICITUD

 

PÁGINA WEB OPOSICIÓN

 

  

Documentación a presentar

 

Junto con la solicitud se presentarán:

 

  1. a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte en vigor o documento equivalente para las personas no nacionales.
  2. b) Resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen.
  3. c) Documento de autobaremación.
  4. d) Los documentos fehacientes acreditativos de los méritos que se aleguen (originales o fotocopias) en relación con los baremos que figuren en las respectivas convocatorias.
  5. e) Fotocopia de la titulación exigida o justificante de haberla solicitado.
  6. f) justificante del pago de la tasa por derechos de examen o aquella acreditativa de exención de la misma.

 

 

Tasas

 

El importe de la tasa por derechos de examen es de 19 €.

 

Deberá descargarse el documento de autoliquidación establecido por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

 

El pago se abonará a través de las siguientes vías:

 

Pago físico en las entidades bancarias colaboradoras que figuran en el impreso de Autoliquidación, presentando en ellas el documento generado en PDF y que podrá obtenerse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares (Autoliquidaciones).

Pago on-line. A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en el enlace Pago Tributos On-line (https://sede.ayto-alcaladehenares.es/ web/guest/pago-electrónico-tpv), una vez cumplimentado el formulario generando el documento objeto del pago (Autoliquidaciones).

 

 

Estarán exentos del pago:

 

Demandantes de empleo, con una antigüedad mínima de 6 meses, referida la fecha de publicación de la convocatoria. Para la aplicación de esta bonificación se deberá aportar certificación de desempleo emitida por el Servicio Público de Empleo Estatal o, en su caso por el Servicio Regional de Empleo que corresponda.

 

 

Proceso selectivo

 

El proceso selectivo será el de concurso-oposición.

 

Fase de oposición 

 

La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

 

  • Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario tipo test con de 70 preguntas y 5 adicionales de reserva que versarán sobre el temario.

 

El tiempo para realizarlo será de 70 minutos.

 

El cuestionario estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.

 

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen cinco puntos.

 

Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren todas las respuestas en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

El Tribunal, antes de la realización del ejercicio determinará el nivel mínimo de preguntas netas correctas que se asignan a la puntuación mínima de 5 puntos y que no puede ser en ningún caso inferior a 35 preguntas netas.

 

  • Segundo ejercicio. Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos de carácter ofimático, realizados por ordenador y que serán de los siguientes programas:
    • Tratamiento de textos Microsoft Office Word.
    • Programa de hoja de cálculo Microsoft Office Excel.

 

El tiempo para realizar estos supuestos es de 30 minutos cada uno.

 

Será calificado por cada miembro del órgano de selección con dos puntuaciones, una para cada supuesto, entre cero y diez puntos. Posteriormente, la suma de las calificaciones obtenidas en cada supuesto práctico se dividirán entre el número de asistentes del órgano de selección, obteniéndose dos calificaciones entre cero y diez puntos, una para cada uno de los supuestos. Será preciso para aprobar este ejercicio alcanzar un número mínimo de siendo puntos en cada una de las calificaciones parciales. Por último, se dividirá entre dos la suma de estas calificaciones parciales para obtener la calificación final del ejercicio.

 

Fase de concurso (Máximo 8 puntos)

Todos los méritos han de ser alegados por los/las aspirantes en el formulario de autobaremación. Sólo se valorarán aquellos méritos consignados en el autobaremo de los que se aporte la correspondiente documentación acreditativa dentro del plazo de presentación de instancias.

 

Se valorarán los siguientes méritos:

 

1.EXPERIENCIA PROFESIONAL

 

a) Servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos dependientes, en plaza/categoría igual a la plaza convocada tanto en régimen funcionarial como laboral, desempeñando funciones propias de la plaza:

  • en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares y los Organismos Autónomos dependientes de él: 1 punto por cada año o fracción superior a seis meses con un máximo de 6 puntos.
  • en otras Administraciones Locales distintas del Ayuntamiento de Alcalá de Henares y Organismos Autónomos dependientes de él: 0,50 puntos por cada año o fracción superior a seis meses con un máximo de 4 puntos.
  • En otras Administraciones: 0,25 puntos por cada año o fracción superior a seis meses con un máximo de 2 puntos.

 

 

b) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares y el Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal, en cualquier plaza o categoría distinta a la convocada, tanto en régimen funcionarial como laboral: 0,15 puntos por cada año o fracción superior a seis meses con un máximo de 1 puntos.

 

c) Experiencia en la empresa privada en puesto de trabajo que desempeñe funciones similares a las propias de Auxiliar Administrativo y grupo de cotización 07, a razón de 0,15 puntos por cada año o fracción superior a seis meses con un máximo de 1 puntos.

 

Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares que se hagan constar en la instancia, se acreditarán por Recursos Humanos sin que sea necesaria la aportación por el aspirante del certificado de servicios, el cual se expedirá de oficio.

 

La experiencia en otras Administraciones será acreditada mediante certificación de la Administración donde se hayan prestado servicios en la que conste naturaleza del vínculo, denominación de la plaza y, en su caso, grupo de clasificación y nivel del mismo, en el caso del personal laboral además se aportará copia del contrato de trabajo y, en el caso de empresa privada mediante copia del contrato de trabajo.

 

En todos los casos se deberá aportar Informa de vida laboral expedido por la Seguridad Social para proceder a la valoración de los méritos alegados como experiencia profesional.

 

 

2. FORMACIÓN (hasta un máximo de 1 punto)

 

  • Asistencia o superación de cursos de formación o perfeccionamiento de cualquier naturaleza impartidos u organizados por las Administraciones Publicas, Universidades, centros oficiales de formación de empleados públicos (INAP, FEMP,…), Colegios Oficiales o cursos impartidos al amparo de los Acuerdos de Formación Continua o por las Organizaciones Sindicales, siempre que estén directamente vinculados con las funciones de la plaza a desempeñar, con un máximo de 1, de acuerdo con el siguiente baremo: 

 

  • De 20 a 50 horas: 0,20 puntos.
  • De 51 a 100 horas: 0,30 puntos.
  • De 101 a 200 horas: 0,40 puntos.
  • De 201 a 300 horas: 0,50 puntos.
  • Más de 300 horas: 1 punto.

 

  • Curso de prevención de Riesgos Laborales e Igualdad de Género con un máximo de 1 punto, según la escala siguiente: 

 

  • Hasta 20 horas: 0,10 puntos.
  • De 21 a 50 horas: 0,20 puntos.
  • De 51 a 100 horas: 0,30 puntos.
  • De 101 a 200 horas: 0,40 puntos.
  • De 201 a 300 horas: 0,50 puntos.
  • Más de 300 horas: 1 punto.

 

                       

La formación se acreditará mediante la presentación de certificación, Título o Diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas lectivas o el número de créditos ECTS y contenido del mismo. No se valorará la formación no acreditada o que no contemple número de horas.

 

3. SUPERACIÓN DE EJERCICIOS

 

Por haber superado algún ejercicio de procesos selectivos convocados por cualquier Administración Pública u Organismo Autónomo dependiente para acceder a la misma plaza o categoría a la que se opte a razón de 0,50 puntos cada uno hasta un máximo de 1 punto.

 

Este mérito será acreditado mediante la presentación junto con la instancia de documento acreditativo dónde figuren las características de la plaza convocada, fecha de la convocatoria y ejercicios aprobados.

 

Los ejercicios superados en procesos selectivos convocados por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares y que se hagan constar en la instancia, indicando expresamente, la fecha de la convocatoria de la plaza convocada y los ejercicios aprobados serán acreditados por Recursos Humanos, siendo aportada de oficio la certificación correspondiente.

 

  

4. INCORPORACIÓN AL ÁMBITO LABORAL CIVIL DE PERSONAL MILITAR

 

Servicios prestados como militar profesional de Tropa y Marinería (MTM), a razón de 0,50 puntos por año o fracción superior a seis meses con un máximo de 3 puntos.

Este mérito deberá ser acreditado mediante certificado de la experiencia profesional adquirida en las Fuerzas Armadas, expedido por la Jefatura de personal de la Unidad correspondiente dependiente del Ministerio de Defensa, con indicación del destino, puesto, fecha de inicio y fin, tiempo de servicio (en años, meses y días) firmado y sellado por el responsable de la Unidad.

 

 

Temario

 

Para optar a una plaza de Auxiliar Administrativo en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares tienes que preparar el siguiente temario:

 

MATERIAS COMUNES

 

Tema 1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Sus garantías. La Corona.

Tema 2. Organización territorial del Estado en la Constitución. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

Tema 3. La Administración Local. El Municipio. Órganos de Gobierno. Régimen de organización de los municipios de gran población.

Tema 4. El principio de legalidad y jerarquía normativa. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley: tipos de leyes y reservas de ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites de la potestad reglamentaria.

Tema 5. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Ingresos de las Entidades Locales: conceptos generales.

 

 

MATERIAS ESPECÍFICAS

 

Tema 1. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I).  De los actos administrativos. Motivación. Forma. Eficacia de los actos.

Tema 2. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II).  Nulidad y anulabilidad. Términos y plazos. Obligación de resolver. El silencio administrativo. Ejecución de los actos en vía administrativa.

Tema 3. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III). Las personas ante la actividad de la Administración: derechos y obligaciones. El interesado: concepto, capacidad de obrar y representación. La identificación de los interesados y sus derechos en el procedimiento.

Tema 4. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (IV). El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procesamiento: iniciación, ordenación, instrucción.

Tema 5. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (V). Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. El silencio administrativo. El desestimiento y la renuncia. La caducidad.

Tema 6. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (VI). Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos.

Tema 7. Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: comunicaciones y notificaciones electrónicas. Expediente administrativo electrónico. Archivo electrónico.

Tema 8. La ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales. Órganos de las Administraciones Públicas. Principios de la potestad sancionadora. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.

Tema 9. El Presupuesto General de las entidades locales. Concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. Elaboración y aprobación. Los créditos y sus modificaciones. Ejecución y liquidación. Control y fiscalización.

Tema 10. Principios de la tributación local: autonomía y delegaciones. Los Tributos locales: impuestos, tasas y contribuciones especiales. Impuestos obligatorios y potestativos.

Tema 11. La ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico: objeto y ámbito de aplicación. Contratos del sector público. Órganos de contratación en las entidades locales.

Tema 12. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Código de conducta. Régimen disciplinario.

Tema 13. Procesador de texto Microsoft Word: principales funciones y utilidades. Creación y estructuración del documento. Gestión, grabación, recuperación e impresión de ficheros. Personalización del entorno de trabajo.

Tema 14. Hojas de cálculo Microsoft Excel. Principales funciones y utilidades. Libros, hojas y celdas. Configuración. Introducción y edición de datos. Fórmulas y funciones. Gestión de datos. Personalización del entorno de trabajo.

Tema 15. Correo electrónico Outlook. Conceptos elementales y funcionamiento. El entorno de trabajo. Enviar, recibir, responder y reenviar mensajes. Creación de mensajes. Reglas de mensajes. Libreta de direcciones.

Tema 16. La ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Transparencia en la actividad pública: ámbito y publicidad activa. Derecho de acceso a la información pública. Régimen general. Ejercicio del derecho de acceso.

Tema 17. La protección de datos de carácter personal: principios. Derechos de las personas.

Tema 18. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad en el empleo público.

Tema 19. Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Anexo. Equipo y entorno.

 

BOLSA DE EMPLEO

 

Se podrá constituir bolsa de empleo para futuros llamamientos como personal interino con aquellos aspirantes que alcancen el nivel mínimo exigido., en cuyo caso, será imprescindible haber aprobado al menos un ejercicio.

 

Esta lista permanecerá en vigor hasta la aprobación de una nueva lista de espera resultante de una convocatoria posterior.

 

 

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