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Auxiliar Administrativo Universidad Complutense (2025)

PREPARACIÓN Completa
Nº temas 12 temas
Nº plazas 49 plazas
Convocante Universidad Complutense
Titulación Secundaria obligatoria o equivalentes

Nuestro curso

Nuestro curso

El curso está dirigido a las personas que quieren prepararse las Oposiciones de Auxiliar Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid (UCM).

Prepárate cómodamente desde casa y de manera online con nuestras clases en directo.

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  • Clases grabadas siempre disponibles. Podrás verlas tantas veces como desees y en el horario que quieras mientras dure el curso y seas alumno.
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  • Temario descargable en pdf.
  • Tests en cada tema.
  • Resolución de dudas por email con los docentes y en la clase en directo.
  • Técnicas de estudio gratis.
  • Avisos personales : te avisamos de forma personal de los cambios que vayan surgiendo en el proceso de la Oposición (lista de admitidos, fechas de examen…)
  • Envío de información de convocatorias de oposiciones o bolsas similares.

 

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Estado de la oposición

Información oposición

La Universidad Complutense de Madrid ha convocado 54 plazas para la categoría profesional de Auxiliar Administrativo, Grupo C, Subgrupo C2.

 

Estas 105 plazas se encuentran vinculadas a la Oferta parcial de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2022.

 

 

Del total de las plazas convocadas se reservará 1 plaza para personas con discapacidad.

 

Las plazas reservadas para personas con discapacidad, en caso de quedar desiertas, no se podrán acumular a las de acceso general, acumulándose al cupo del 7% de la oferta siguiente, con un límite máximo del 10%.

 

CONVOCATORIA BOCM

 

BASES AUXILIAR ADMINISTRATIVO UCM

 

PÁGINA WEB OPOSICIÓN 54 PLAZAS AUXILIAR ADMINISTRATIVO UCM

 

 

VER CONVOCATORIA ANTERIOR

 

Retribuciones

El salario de un Auxiliar Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) está en torno a los 25.000€. brutos anuales.

MÁS INFORMACIÓN. 

Requisitos de los aspirantes

  1. Nacionalidad.
    – Ser español.
    – Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
    – Ser nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en la que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
    – El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado de derecho, sus descendientes y los descendientes del cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, siempre que no estén separados de derecho. Éste último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados
    cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.
  2. Capacidad: Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
  3. Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley.
  4. Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer como funcionario de carrera a la misma Escala a la que se presenta. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
  5. Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente o cualquier otra titulación o estudios equivalentes al mismo, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en la materia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial que acredite su homologación en España.

 

* Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.

Estructura de la prueba

El proceso selectivo será el de concurso-oposición.

Los aspirantes que superen la fase de Oposición pasarán a la fase de Concurso en la que se valorarán los méritos.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de Concurso podrá aplicarse para superar el ejercicio de la fase de Oposición.

 

Fase oposición (70%)

 

La Oposición estará formada por un único ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas la correcta, sobre el temario.

El cuestionario incluirá 10 preguntas adicionales de reserva.

Cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,70 puntos. Las respuestas erróneas y aquellas que tengan respuestas múltiples penalizarán con 1/10 del valor de una correcta. Las preguntas no contestadas no recibirán puntuación alguna, ni penalizarán.

 

El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de 120 minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 70 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 35 puntos para superarlo.

 

Fase de concurso (30%)

 

En esta fase, que solo se aplicará a quienes hayan superado el ejercicio de la fase de Oposición, se valorarán, hasta un máximo de 30 puntos, los siguientes méritos:

Experiencia profesional, supondrá un máximo de 26 puntos:

− Antigüedad en UCM. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos el tiempo de servicio como funcionario interino de cualquier Escala del área de Administración de la Universidad Complutense: 0,30 puntos por mes completo.
− Experiencia profesional. Se valorará hasta un máximo de 16 puntos el tiempo de servicio como funcionario interino en Escalas del área de Administración Grupo C, Subgrupo C2:
•Se puntuarán con 0,30 puntos por mes completo, Escala Auxiliar Administrativa, Grupo C, Subgrupo C2 de la Universidad Complutense.
•Se puntuarán con 0,10 puntos por mes completo, Escalas Auxiliares Administrativas de otra Universidad Pública de Madrid, Grupo C, Subgrupo C2.
•Se puntuarán con 0,07 puntos por mes completo, Escalas Auxiliares Administrativas de otra Administración Pública, Grupo C, Subgrupo C2.

Formación y perfeccionamiento profesional, máximo 4 puntos:

  • Por la superación de un ejercicio de oposición a la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad Complutense de Madrid, en los últimos 10 años, referidos a fecha de plazo de presentación de instancias: 3 puntos.
  • Por estar en posesión de una titulación académica oficial superior a la exigida en la convocatoria: 1 punto.

 

Formación y perfeccionamiento profesional, máximo 4 puntos:

  • Por la superación de un ejercicio de oposición a la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad Complutense de Madrid, en los últimos 10 años, referidos a fecha de plazo de presentación de instancias: 3 puntos.
  • Por estar en posesión de una titulación académica oficial superior a la exigida en la convocatoria: 1 punto.

 

Calificación final

 

La puntuación total será de 100 puntos, representando la fase de Oposición un 70% y la fase de concurso un 30%.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de Oposición y en la fase de Concurso.

Temario

Temario

Para optar a una plaza de la oposición de Auxiliar Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) tienes que preparar el siguiente temario:

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Título Preliminar. Título I. Los derechos y deberes fundamentales. Título II. La Corona. Título IX. El Tribunal Constitucional. Título X. La reforma constitucional.

Tema 2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): Título III. Los actos administrativos: Requisitos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad. Título V. Revisión de los actos en vía administrativa: Revisión de oficio. Recursos administrativos.

Tema 3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): Título IV. Las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común: Garantías del procedimiento. Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización.

Tema 4. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Título II. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Título III. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Título IV. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Título VI. Situaciones administrativas. Título VII. Régimen disciplinario.

Tema 5. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (I): Título Preliminar. Las funciones y autonomía de las Universidades. Título I. Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades. Título II. La estructura de las Universidades. Título III. El Gobierno y representación de las Universidades Públicas.

Tema 6. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (II): Título VI. Las enseñanzas y títulos. Título VII. La investigación en la universidad y la transferencia del conocimiento. Título VIII. Los estudiantes. Título IX. El profesorado de las Universidades públicas. Título X. El personal de administración y servicios de las Universidades públicas. Título XI. El régimen económico y financiero de las Universidades públicas. Título XIII. Espacio europeo de enseñanza superior.

Tema 7. Decreto 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid (I): Título Preliminar. Disposiciones generales. Título I. Régimen jurídico de la UCM. Título II. Estructura de la Universidad. Título III. Gobierno y Representación en la UCM.

Tema 8. Decreto 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid (II): Título VI. Los Estudiantes de la UCM. Título VII. El Personal de Administración y Servicios. Título VIII. El/la Defensor/a Universitario. Título X. Las Enseñanzas e Investigación en la Universidad. Título XII. El Régimen Económico y Financiero de la UCM. Título XIII. Los Servicios de la UCM.

Tema 9. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales: Capítulo I. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Capítulo II. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo. Capítulo III. Derechos y Obligaciones. Capítulo V. Consulta y participación de los trabajadores.

Tema 10. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Título Preliminar: Objeto. Título I: Transparencia de la actividad pública: Capítulo I: Ámbito subjetivo de aplicación. Capítulo II: Publicidad activa. Capítulo III: Derecho de acceso a la información pública. Título III. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Tema 11. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título I: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Título II: Políticas públicas para la igualdad. Título V: El principio de igualdad en el empleo público.

Tema 12. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Título I. Disposiciones Generales. Título II. Principios de protección de datos. Título III. Derechos de las personas.

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