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Convocatoria Auxiliar Administrativo Comunidad de Madrid Estabilización

 

La Comunidad de Madrid, en el boletín del día 19 de octubre de 2021 ha publicado la convocatoria de 1115 plazas para Auxiliares Administrativos (Grupo C2).

Estas plazas corresponden a la oferta de estabilización de empleo de los siguientes años:

  • 272 plazas corresponden a la oferta de empleo del año 2017.
  • 818 plazas corresponden a la oferta de empleo del año 2018.
  • 1 plaza corresponde a la oferta de empleo del año 2019.
  • 24 plazas corresponden a la oferta de empleo del año 2020.

Del total de las plazas ofertadas se reservan 78 plazas para el cupo de discapacidad.

Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a las del turno libre en caso de no haber personas aspirantes aprobadas por dicho cupo.

 

122 plazas se convocan al amparo de lo recogido en el artículo 9 e) del Decreto 149/2002, de 29 de agosto, por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la condición de funcionario por el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

BASES ESPECÍFICAS AUXILIAR ADMINISTRATIVO COMUNIDAD DE MADRID

BASES GENERALES OPOSICIONES ESTABILIZACIÓN COMUNIDAD DE MADRID

PÁGINA WEB DE LA OPOSICIÓN

 

Requisitos de los aspirantes

Para optar a una plaza de la oposición de Auxiliar de Servicios de la Comunidad de Madrid tienes que cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  2. Tener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o equivalentes. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar homologadas.
  3. Con respecto a la nacionalidad, deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
    1. — Tener la nacionalidad española.
    2. — También podrán participar, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales de la Comunidad de Madrid y demás excepciones contempladas en el artículo 9 del Decreto 230/2001, de 11 de octubre:
    3. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
    4. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes, en los términos previstos en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Las personas no residentes en España incluidas en este apartado deberán acompañar a su solicitud documento acreditativo de las condiciones que se aleguen.
    5. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el Reglamento (UE) número 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el citado Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.
    6. Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España, podrán participar para el acceso únicamente a las plazas que se convoquen de personal laboral.
  1. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del cuerpo, escala y especialidad de personal funcionario o de la categoría profesional y especialidad de personal laboral a la que se solicita acceder.
  2. No haber sufrido separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial por resolución judicial para el desempeño de las funciones públicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 56.1.d) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En caso de ser nacional de otro Estado, además del requisito citado en el párrafo anterior, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que le impida, en su Estado, el acceso al empleo público en los mismos términos que en España.
  3. No ostentar la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo, escala y especialidad de personal funcionario de Administración General y Especial de la Comunidad de Madrid, ni la condición de personal laboral fijo de la categoría y especialidad de personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid objeto de la convocatoria.

Importante:  Se deben cumplir los requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.

Plazo de solicitudes

El plazo de solicitudes es de 20 días hábiles. Desde el 20 de octubre al 18 de noviembre.

 

La solicitud deberá tramitarse exclusivamente por vía electrónica. Para ello deberá de disponerse de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”.

 

ACCESO A LA SOLICITUD

Una vez seleccionada la convocatoria deberás dar a Cumplimentación solicitud y tasas y después “Acceso con certificado”.

 

Documentación a aportar

 

Junto con la solicitud deberá aportarse:

 

  • Ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma.
  • Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas.
  • Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización.

Tasas

El importe de la tasa para poder participar es de 14,11€.

En el motivo de la liquidación se hará constar: “Acceso a plazas de funcionario-Auxiliar C2 Estabilización”.

 

Estarán exentos del pago:

 

  • Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. Estas personas deberán acompañar a la solicitud la tarjeta o certificado vigente.
  • Las personas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria en el BOCM.

 

  • Las familias numerosas de categoría especial estarán exentas y las de categoría general una bonificación del 50 por 100.

 

  • Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

 

  • Las víctimas de violencia de género, debiendo acreditarse tal circunstancia mediante la aportación de resolución judicial u orden de protección

Proceso selectivo

 

El proceso selectivo será el de Concurso-Oposición.

 

La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio, pudiendo pasar más plazas de las convocadas a la fase de concurso.

 

Fase de oposición

El primer y único ejercicio de este proceso selectivo consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por 40 preguntas que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo, proponiéndose por cada pregunta cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.

Las respuestas erróneas penalizarán 0,10 puntos de una respuesta correcta.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de 40 minutos.

 

La puntuación máxima de la fase de oposición será de 20 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 10 puntos sobre 20.

 

Fase de concurso

La puntuación máxima de la fase de concurso será de 20 puntos.

Se calificarán los siguientes méritos:

a) Experiencia profesional: hasta un máximo de 16 puntos. Deberá estar acreditada en la Administración de la Comunidad de Madrid, en otras Administraciones Públicas españolas o de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en aquellas de los Estados con los que la Unión Europea haya celebrado Tratados Internacionales ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, por los servicios prestados en el mismo cuerpo y escala de personal funcionario y en la misma categoría profesional de personal laboral del proceso selectivo al que se presenta la persona candidata: 0,10 puntos por cada mes completo trabajado.

b) Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 4 puntos. Se valorará la asistencia a aquellos cursos cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del puesto.

Estos cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán según su duración, de acuerdo con el siguiente desglose:

— De diez a veinte horas de duración: 0,10 puntos.

— De veintiuna a treinta horas de duración o más de un mes: 0,20 puntos.

— De treinta y una a setenta horas de duración o más de dos meses: 0,40 puntos.

— De setenta y una a ciento cincuenta horas de duración o más de cuatro meses: 0,80 puntos. — De ciento cincuenta y una a trescientas horas de duración o más de seis meses: 1,40 puntos. — De trescientas una o más horas de duración o un curso académico: 2 puntos.

No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas o meses de duración

 

MÁS INFO SOBRE LOS MÉRITOS (APARTADO 7)

 

Calificación final del proceso

La calificación final de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en las dos fases de la convocatoria, correspondiendo a la fase de oposición el 55 por 100 y a la fase de concurso el 45 por 100 del total.

Temario

Consta de 10 temas.

Tema 1. El Estatuto de Autonomía: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

Tema 2. La Asamblea Legislativa: composición, funciones y potestades. La Presidencia de la Comunidad y el Gobierno: Funciones y potestades, composición, designación y remoción.

Tema 3. La Administración Autonómica: organización y estructura básica. Las Consejerías, Organismos Autónomos y Entes que integran la misma.

Tema 4. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 5. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Tema 6. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. Fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

Tema 7. El acto administrativo: características generales. Requisitos. Eficacia. Actos nulos y anulables. La revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos: concepto y clases. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 8. Los documentos administrativos: concepto, funciones, clasificación y características. Especial referencia al documento electrónico. El registro de documentos: concepto y funciones. Presentación, recepción, entrada y salida de documentos. El archivo de documentos: concepto y funciones. Clases de archivo y criterios de ordenación. El acceso a los documentos administrativos: sus limitaciones y formas de acceso.

Tema 9. Información administrativa y atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid en los canales presencial, electrónico y telefónico. La administración electrónica. La identificación y autenticación de las personas físicas y jurídicas para las diferentes actuaciones en la gestión electrónica. Especial referencia a la administración electrónica en la Comunidad de Madrid.

Tema 10. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: ámbito de actuación, publicidad activa y derecho de acceso a la información pública. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: principios y derechos de las personas. Referencia al Delegado de Protección de Datos y al responsable y encargado del tratamiento. Especialidades en el Sector Público.

Bolsa de trabajo

Se constituirá una lista de espera a efectos de su posible nombramiento como personal funcionario interino, con todas aquellas personas participantes del turno libre y del cupo de discapacidad que, cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria correspondiente, hayan alcanzado un nivel mínimo suficiente que será establecido por parte del tribunal de selección.

No podrán formar parte de la bolsa en ningún caso aquellos aspirantes a los que se les haya anulado el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en los procesos selectivos.

CURSO DE PREPARACIÓN

Abrimos nuevos grupos de preparación.

  • Clases ONLINE en directo.
  • Todas las sesiones grabadas siempre disponibles.
  • Docentes expertos.
  • Consulta ilimitada de dudas.
  • Información puntual de la convocatoria o convocatorias similares.

Infórmate en los teléfonos 91 877 12 25 o 91 295 85 96.

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